El Tribunal Supremo ya ordenó repetir la sentencia que les eximía de los delitos de apropiación indebida y administración desleal Roberto López Abad y Juan Ramón Avilés
El Tribunal Supremo ya ordenó repetir la sentencia que les eximía de los delitos de apropiación indebida y administración desleal Roberto López Abad y Juan Ramón Avilés - ABC

La Audiencia Nacional absuelve a dos exdirectivos de la CAM

La Sección Cuarta apoya el criterio del Tribunal Supremo y ordena repetir la sentencia que eximía a Roberto López y Juan Ramón de los delitos de apropiación indebida y administracióin desleal

Madrid Actualizado: Guardar
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La Audiencia Nacional ha confirmado este miércoles la absolución de los exdirectivos de la extinta caja alicantina CAM Roberto López Abad y Juan Ramón Avilés después de que el Tribunal Supremo ordenase repetir la sentencia que les eximía de los delitos de apropiación indebida y administración desleal.

La Sección Cuarta ha considerado así por segunda vez que los dos exdirectivos de la CAM no han incurrido en ningún delito, pese a que la Fiscalía pedía para ellos 4 y 2 años y medio de prisión, respectivamente, por haber ideado un sistema irregular de cobro de dietas en una participada de la caja y en la concesión de préstamos.

La sentencia conocida hoy concluye que las pruebas no determinan que López Abad «ideó o planeó y contribuyó burdamente a la creación de un órgano como instrumento para la percepción de una retribución, todo ello indebidamente».

Sobre Juan Ramón Avilés, los magistrados afirman que tampoco sería autor de un delito de administración desleal «toda vez que no partió del mismo la idea de la creación del órgano del que surgieron las dietas fijadas para sus integrantes».

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