Selección de becarios para el programa de Banco Santander
Selección de becarios para el programa de Banco Santander - Roldán Serrano

Los 81.737 becarios afiliados a la Seguridad Social son solo la punta de un iceberg

Patronal y sindicatos exigen que se regule a este colectivo para evitar abusos

Madrid Actualizado: Guardar
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Las recientes declaraciones del popular cocinero Jordi Cruz en las que justificaba que los becarios que trabajan con los grandes maestros de las cocinas no deberían cobrar dinero, porque «es un privilegio aprender y trabajar con ellos», han puesto sobre la mesa la situación de un numeroso colectivo, tan necesario como vilipendiado.

En primer lugar, hay que distinguir entre el becario y el contrato en prácticas. El primero es el que se refiere a los estudiantes que realizan prácticas para completar su formación universitaria o profesional y adquirir una especialización. El segundo es el que se utiliza para la inserción de los jóvenes al mercado laboral.

Oficialmente este mes hay 81.737 becarios afiliados a la Seguridad Social aunque, según los sindicatos, es tan solo la punta de un iceberg que oculta a otros varios miles de jóvenes que son víctimas del uso fraudulento de las becas por parte de muchas empresas para encubrir puestos de trabajo.

Además, entre los aproximadamente 10.000 contratos de prácticas y de formación que se firman de media cada mes, cientos de ellos corresponden también a becarios, según han confirmado distintas fuentes. Por lo tanto, es prácticamente imposible conocer ni siquiera el número exacto de becarios que están trabajando legalmente, ya que además el marco legislativo es muy amplio y existen una decena de becas distintas, como las de investigación, convenios de cooperación educativa, colaboración, unilaterales de empresas privadas, de administraciones públicas, de formación profesional, etc...

Sentencia del TS de 2013

El número de becarios afiliados a la Seguridad Social ha crecido casi un 14% en 2017 y un 78% desde que una sentencia del Tribunal Supremo de junio de 2013 obligó a las empresas a dar de alta a sus becarios. Sin embargo, no existe una relación laboral entre ambas partes y tampoco están amparados por el Estatuto de los Trabajadores. Hace un mes, la comisión de Empleo del Congreso tramitó una propuesta para revisar aquellas leyes que regulan las prácticas en las empresas y los contratos de las becas con el objetivo de limitar el número de horas de trabajo y mejorar las retribuciones que reciben.

En una gran multinacional, como por ejemplo Repsol, la figura genéricamente llamada becario se enmarca dentro de los programas de integración profesional, mediante los que estudiantes universitarios y de formación profesional realizan sus prácticas en la compañía.

Estos alumnos pueden realizar sus prácticas según distintas modalidades. Por ejemplo, las curriculares son para alumnos de grados universitarios o de formación profesional que realizan las prácticas necesarias para la obtención de título académico correspondiente. No tienen compensación económica y duran tres meses.. Estas prácticas tienen una duración de tres meses. También están la curriculares de alumnos de FP en la modalidad dual para alumnos de FP del ciclo superior de química industrial, laboratorio o administración y finanzas, que realizan una parte de su periodo de prácticas en Repsol con un tutor. Estos alumnos son dados de alta en la Seguridad Social. Las prácticas extracurriculares son para alumnos egresados de la universidad, con una duración de seis meses, ampliable a otros seis, y retribuidas.

Desde la petrolera subrayan que los alumnos de cualquier modalidad se encuentran realizando «un aprendizaje práctico», tutorizado por un profesional de Repsol que le guía y forma. «No desarrollan funciones, sino tareas encomendadas y supervisadas por sus tutores, siempre vinculadas a sus titulaciones académicas», apuntan.

Hay muchos sectores que por motivos de seguridad no existe la figura del becario, como en el de las estaciones de servicio, como confirmó a este periódico Alejandro Ripoll, presidente de la Agrupación Española de Vendedores al por menor de Carburantes y Combustibles. «Cuando entra un empleado recibe unos cursos de formación, sobre todo en prevención y riesgos laborales, y durante varias semanas trabaja junto a otro compañero veterano que le enseña las tareas».

La figura del aprendiz

Desde la CEOE recuerdan que la figura del aprendiz ha existido históricamente, habiendo sido valorado siempre de forma muy positiva desde el ámbito empresarial al tratarse de un mecanismo que facilita una mejor cualificación de los jóvenes al completar la adquisición de competencias mediante la práctica profesional («saber hacer») y como ayuda en una primera toma de contacto con el mundo laboral, haciéndoles más sencilla la siempre complicada transición del ámbito académico al de la empresa, además de darles una primera visión que les sirve para orientar mejor sus futuros pasos profesionales.

La patronal explica que existen muchos mecanismos que permiten el desarrollo de estas prácticas. «Las empresas normalmente utilizan los contratos formativos (en prácticas y de formación y aprendizaje) ya que generan una mayor seguridad jurídica tanto para los aprendices como para las empresas. No obstante, parece que hay un aumento de la utilización de las becas, tanto remuneradas por las que se cotizan a la Seguridad Social como las no remuneradas».

En estos casos, «entendemos que esta figura debe regularse de forma que no puedan producirse abusos ni fraudes en su utilización que desvirtúen su finalidad, que no puede ser otra que la de cualificar a los aprendices, siendo necesario que se definiera un tiempo limitado de utilización, determinados horarios, la existencia de un tutor, la necesidad de formalizar el acuerdo entre las partes o la imposibilidad de sustituir plantillas por aprendices, entre otras, tal y como se recomienda desde distintas instancias de la UE».

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