La cobra real, una especie de tenencia ilegal en España, es la serpiente que myor concentración de veneno posee
La cobra real, una especie de tenencia ilegal en España, es la serpiente que myor concentración de veneno posee - DE SAN BERNARDO

¿Qué animales se pueden tener como mascotas y cuáles no?

Desde reptiles hasta anfibios, pasando por otras especies como aves o crustáceos. En España, existe un catálogo compuesto por especies exóticas prohibidas por ser consideradas invasoras

MADRID Actualizado: Guardar
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El sábado pasado un joven de 22 años ingresó en el Hospital de La Paz tras sufrir la mordedura de una serpiente de cascabel (diamantina) en el parque de Rodríguez Sahagún, en el madrileño barrio de Tetuán. Este miércoles, a pesar de estar ingresado en la UCI y desoyendo las advertencias de los médicos, pidió el alta voluntaria. La Policía sigue investigando quién es el dueño del reptil —venenoso, mortífero e ilegal en España—, y no descarta que se trate del propio herido. Este suceso ha reavivado el debate acerca de qué animales se pueden tener como mascotas y cuáles no, sobre dónde están los límites legales.

En España, existe un catálogo de especies exóticas prohibidas por ser consideradas invasoras.

En él, figuran desde algas hasta reptiles, pasando por otras especies como anfibios, aves o crustáceos. Desde la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente —que es el organismo encargado de actualizar el listado— se aclara que una especie invasora es «aquella que se introduce o establece en un ecosistema o hábitat natural o seminatural y que es un agente de cambio y amenaza para la diversidad biológica nativa, ya sea por su comportamiento invasor, o por el riesgo de contaminación genética». Una definición que establece la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Ahora bien, ¿qué animales, en muchos casos susceptibles de convertirse en mascotas ilegales, aparecen en la lista? Anfibios como el sapo marino o el sapo común asiático, propio de climas tropicales y subtropicales, ponen en peligro a especies autóctonas al intentar adaptarse a las características de nuestra zona geográfica. Lo mismo ocurre con la codorniz y el ruiseñor japoneses. Aunque uno de los casos más interesantes es el de mamíferos como el mapache. A pesar de que es un animal que ha llegado a estar a la venta en España (y por cifras que superan los 500 euros); es agresivo y puede contagiar enfermedades como la rabia. Desde 2003, están apareciendo poblaciones de mapaches en Madrid, Castilla la Mancha y Galicia. Un fenómeno derivado, en buena parte, del abandono animal.

Modas pasajeras

La compra de mascotas exóticas, que van más allá de los tradicionales perros y gatos, responde muchas veces a modas que tratan de imitar el comportamiento de algunos famosos. La venta de cerdos vietnamitas, que en su etapa adulta pueden llegar a pesar más de 150 kilos, aumentó cuando el actor estadounidense George Clooney adquirió uno para tenerlo como mascota. Al exboxeador Mike Tyson le regalaron un tigre, la multimillonaria Paris Hilton tuvo que devolver el kinkajou —mamífero carnívoro americano— que había comprado en un viaje a Las Vegas cuando las autoridades lo declaron ilegal. Otro caso muy curioso es el la influencia que tuvo la película de animación Rango, que hizo que se disparase la venta de camaleones.

También hay muchos casos de personas que, en lugar de buscar especies exóticas, se decantan por animales autóctonos que viven en libertad y que son especies protegidas, por lo que es ilegal cogerlos y llevárselos a casa. Fernando González, jefe veterinario de GREFA (Grupo de Rehabilitación de la Fauna Autóctona y su Hábitat), asegura que hay batantes casos de personas que convierten a animales que encuentran a su paso en sus mascotas. Algunos lo hacen movidos por la avaricia, con «crías de rapaces, una especie muy valiosa en el mercado negro». Otros lo hacen por desconocimiento, con galápagos de río o con tortugas de tierra (moras o mediterráneas, la mayoría en la zona de Levante). «Cuando acuden al veterinario porque el animal ha enfermado», se enteran de que han incurrido en un delito. Sea como fuere, «la idea es siempre recuperar a los animales para, después de curarlos, cuando estén preparados, liberarlos».

Sin embargo, hay veces que la fortuna no se pone de parte de los animales capturados. Algo que pasa, sobre todo, cuando el deterioro no es físico, sino psicológico. «El último caso que me ha llegado de este tipo [daños irreversibles] es el de un cuervo. Lo debieron expoliar del nido cuando era una cría. Cuando lo encontraron y lo trajeron era demasiado confiado. Ya no sabía vivir en la naturaleza. Su problema es de comportamiento, psicológico», cuenta González. En este tipo de casos, se integra al animal en los proyectos de la ONG, se muestra al público y, con su ejemplo, se intenta concienciar a la gente.

Precaución con perros

Sin embargo, las restriciones, ya sean personales o legales, no solo se imponen con respecto a especies exóticas o autoctónas protegidas. También se dan en casos de animales que, por tradición, son domésticos. El Real Decreto 287/2002, que cambia la Ley 50/1999 —que regula la «tenencia de animales peligrosos»—, establece que hay ocho razas de perros dentro de esta categoría: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu. Los cruces de estas razas también son considerados peligrosos.

Por tanto, para poder tener uno de estos canes como mascota, hay que cumplir una serie de requisitos, tales como «ser mayor de edad o no haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos». Además, el dueño de un perro considerado potencialmnte peligroso debe disponer de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, así como de la capacidad física (visual, auditiva) y la aptitud psicológica. Siempre que lo saque a la calle, lo deberá pasear con una correa no extensible que no supere los dos metros de distancia y llevar encima el permiso que acredite que puede tener esa mascota.

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