Las condenadas por el asesinato del anciano de Poio en febrero de 2014
Las condenadas por el asesinato del anciano de Poio en febrero de 2014 - EFE

Condenadas por asesinar al anciano de Poio para hacerse con su herencia

El jurado popular considera probado por unanimidad que las dos cuidadoras del octogenario le golpearon hasta matarle

PONTEVEDRA Actualizado: Guardar
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El jurado popular ha declarado, por unanimidad, «culpables» de asesinato a Rocío G. G. y Albertina T. F., las dos mujeres acusadas de acabar a golpes con la vida del octogenario Secundino Prego, al que cuidaban, para heredar sus bienes en Chancelas, Poio (Pontevedra).

El juicio se celebró la pasada semana en la Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra y este lunes se leyó el fallo del jurado que concluye que «las dos acusadas puestas de común acuerdo" atacaron al anciano «golpeándole repetidas veces con diversos objetos».

Como fundamentos para llegar a considerar este relato como«hechos probados» y determinar que ambas son culpables de asesinato «con agravante de alevosía y precio», los miembros del jurado se basaron en la confesión de Rocío G.G., quien ante el tribunal explicó que ambas procesadas fueron las autoras en febrero de 2014.

Además, el tribunal popular se basó en las numerosas pruebas aportadas durante el juicio, entre otras, los restos de ADN de la víctima en los pijamas de las procesadas, junto a otras pruebas periciales como las «contradicciones» de Albertina T. F. en su llamada de socorro al 112 «durante la simulación del robo» o en su declaración ante la Guardia Civil.

18 golpes, «tres de ellos mortales»

El jurado entiende que estas «empleadas domésticas» llevaron al anciano a una «zona oscura y solitaria» donde le atacaron sin que el hombre tuviese «ninguna posibilidad de defensa» y que lo hicieron «para hacerse con su herencia» ya que Albertina T. F. era su heredera universal. El veredicto acepta la atenuante de confesión en el caso de Rocío porque asume que hubo por su parte «colaboración en el descubrimiento de los hechos».

Está «probado por unanimidad» que el octogenario recibió 18 golpes, de los que «tres de ellos serían mortales». El tribunal popular descarta que Rocío sufriese un «miedo insuperable» a Albertina, motivo por el que, según declaró, había actuado siguiendo sus órdenes. Por el contrario, creen que ambas tenía capacidad mental «para reconocer la ilicitud de lo que hacían». Igualmente descartan la existencia de trastorno mental en el caso de Albertina.

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