Independencia Cataluña

Penas de hasta 28 años por «dinamitar los cimientos del Estado de Derecho»

El fiscal atribuye rebelión a 20 cargos públicos del Govern y Parlamento catalán, pide citarles con urgencia y acumular en Madrid las causas del secesionismo

El fiscal general del Estado, José Manuel Maza, ayer en Madrid MATÍAS NIETO
Nati Villanueva

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Rebelión (o de forma alternativa sedición) y malversación. Estos son los delitos que imputa la Fiscalía General del Estado al ya expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, a los miembros de su gobierno, a la presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell y a cinco miembros de la Mesa de la Cámara autonómica, los mismos que permitieron la tramitación de todas las leyes del proceso secesionista que desembocó en la declaración unilateral de independencia del pasado 27 de octubre. Todos ellos se exponen a penas de entre 18 y 28 años de cárcel en función de si se les imputa un delito de rebelión o de sedición, algo que el Ministerio Público deja en manos de los jueces que instruyan las causas en cada uno de los tribunales.

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El fiscal general, José Manuel Maza , tiene claro que, aun sin un levantamiento con armas o combate, los querellados han cometido rebelión. «Al proclamar la independencia de una parte de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, han dinamitado los cimientos del Estado de Derecho con absoluto desprecio a la Constitución». Esta conducta es suficiente, a su juicio, para que se dé el requisito de violencia que exige este delito, castigado en el artículo 472 del Código Penal.

Fue el propio Maza el encargado de anunciar ayer, en una comparecencia exprés, la interposición de sendas querellas contra los veinte cargos públicos de la Generalitat ante la Audiencia Nacional y ante el Tribunal Supremo. La primera investigará y juzgará, en su caso, a Puigdemont y su gobierno (en total, catorce personas) porque ya no son aforados y la competencia de este tribunal viene determinada por el delito de rebelión o el de sedición.

«Daño de alcance nacional»

Por su parte, la Sala Penal del Supremo se encargará de Forcadell y los querellados de la Diputación Permanente (seis), en este caso por ser aforados (salvo uno de ellos, que se ve arrastrado) y entender la Fiscalía que el delito ha trascendido el ámbito de la Comunidad Autónoma. «El daño institucional es de alcance nacional», señalan los escritos, ambos firmados por Maza.

Además, el máximo representante de la Fiscalía considera que es necesario alejar estos procedimientos del entorno independentista para «preservar la necesaria serenidad en el enjuiciamiento de unas conductas que están generando un sentimiento de fractura social que no se puede desconocer». Tanto es así que pide que se acumulen a las nuevas causas las investigaciones abiertas ya en el TSJC contra los protagonistas del que ha supuesto el mayor desafío a la democracia española desde el golpe de Estado del 23 de febrero de 1981.

En las querellas, cuyo contenido es idéntico y sólo difieren en la identidad de los denunciados y en el tribunal al que van dirigidos, se pide la citación urgente de los veinte miembros de los poderes ejecutivo y legislativo autonómicos, con la advertencia expresa de que si no comparecen serán detenidos. Maza justifica esta urgencia en la necesidad de solicitar cuanto antes medidas cautelares ante la gravedad de los delitos por los que les acusa. Además, pide una fianza de 6,2 millones de euros que la veintena de querellados tendrán que abonar de forma solidaria para asegurar posibles responsabilidades civiles de cara al juicio.

El «acta fundacional»

El punto de partida de la querella se sitúa en la resolución del Parlamento de Cataluña del 9 de noviembre de 2015 que declaró «el inicio del proceso de creación del Estado catalán independiente en forma de república». La sentencia del TC que declaró la inconstitucionalidad de esta resolución es la resolución judicial que los querellados han venido desobedeciendo sistemáticamente con cada una de las iniciativas que gobierno y parlamento autonómico han ido desarrollando desde entonces. Se trataba, dice el fiscal, de «dotar de aparente cobertura normativa el proceso de separación del Estado español».

A pesar del pronunciamiento del órgano de garantías, el gobierno de la Generalitat continuó impulsando las medidas necesarias para la creación de un Estado catalán independiente en forma de república, «valiéndose para ello del poder que les otorgaba tener mayoría absoluta de diputados en la Cámara, integrados en los grupos parlamentarios Junts pel Sí y CUP, y reforzado por el apoyo de asociaciones independentistas a las que pertenecen un gran número de esos mismos diputados y miembros de gobierno, la Asamblea Nacional Catalana y Ómnium Cultural ». Estas asociaciones -cuyos líderes, los «Jordis», están en prisión para evitar su fuga, imputados por sedición- agitaron la calle dentro de la estrategia independentista de desobediencia al Estado. Episodios como el asedio a la Guardia Civil el 20-S, la ocupación de los colegios electorales el 1-O o el acoso a las Fuerzas de Seguridad formaban parte del plan para empujar a la independencia por vías ilegales.

El objetivo de los querellados era claro: se pusieron al servicio del plan secesionista y promovieron actos, manifestaciones y proclamas «abonando en la sociedad la idea de la existencia de un derecho de autodeterminación sobre el cual quedaba legitimada cualquier actuación al margen de las leyes».

Insurrección pública

El fiscal recuerda que la concurrencia de violencia física puede no ser necesaria cuando el alzamiento, por sus características y por el número indeterminado de personas implicadas, es de tal dimensión que tiene capacidad intimidatoria suficiente para disuadir de una posible actuación a las fuerzas del orden , «sabedoras de que cualquier oposición a los planes rebeldes tornará el alzamiento en violento y belicoso». Añade que los querellados se valieron de la población en «incesantes actos de insurrección pública, desobedeciendo o resistiendo colectivamente la autoridad legítima del Estado, ocupando carreteras, calles o edificios y sometiendo a los agentes de la autoridad a un incesante acoso (...)».

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