Delegación de Hacienda en Madrid
Delegación de Hacienda en Madrid - EFE

Guía para que la declaración de la renta no le saque de sus casillas

El plazo presencial arranca el jueves y los asesores desvelan trucos y novedades para rebajar la factura fiscal

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Para los escépticos de las nuevas tecnologías que prefieren evitar las pantallas hasta para rendir cuentas al Fisco, la campaña de la Renta presencial arrancará en unos días. Desde el próximo jueves 11 de mayo los contribuyentes podrán acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria para presentar su declaración y desde el pasado jueves puede pedir cita. Ante una pantalla o con un funcionario del Fisco mediante, las sorpresas acechan entre las casillas del borrador y el Registro de Economistas- Asesores Fiscales (REAF) recomienda una batería de consejos para saber aprovechar todas las ventanas fiscales disponibles.

Prestación por maternidad

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó el pasado mes de julio una sentencia que eximía de IRPF a la prestación por maternidad que paga la Seguridad Social.

Unos meses después, el de Andalucía se pronunció en sentido contrario: a sus ojos la prestación sí tributa. Hasta que el Tribunal Supremo no dicte jurisprudencia no se unificará el criterio de los juzgados, lo que aún no se ha producido. ¿Cómo influye esto en la declaración de la Renta? De ninguna forma: los asesores recuerdan que el criterio administrativo sí exige tributar la prestación independientemente de que después se recurra en los tribunales, por lo que se deberá incluir en la Renta. El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) sí unificó la vía administrativa al considerar que la ayuda paga IRPF, si bien admitía la exención de las prestaciones por maternidad de comunidades y entidades locales.

Donaciones

Otras deducciones importantes que en ocasiones no se incluyen en el borrador son las de afiliación a algún partido político, sindicato y las correspondientes a donativos. Conviene recordarlas, porque para que las deducciones se incluyan en la declaración, la entidad debe tener los datos identificativos de quien dona y suministrarlos a la Agencia Tributaria. Este descuido puede hacer perder una deducción por donativos a ONG que la reforma fiscal ha elevado a un 75% para los primeros 150 euros y al 30% para el resto de aportaciones. Si se trata de donaciones recurrentes a una misma entidad, el porcentaje de deducción incrementado en 2016 es del 35%. Por las cuotas de afiliación a partidos políticos, con un límite de 600 euros, la deducción será del 20%.

Cláusulas suelo

Muchos contribuyentes incluirán en su declaración lo percibido por la devolución de las cláusulas suelo. Solo se integrará en su declaración cuando los importes de las cláusulas reembolsadas formaran parte en el pasado de la deducción por compra de vivienda habitual, para los ejercicios no prescritos, es decir, los últimos cuatro años. Si la devolución se ha hecho en efectivo, se pierde el derecho a las deducciones aplicadas. El contribuyente deberá regularizar estas cantidades con Hacienda en el ejercicio en el que se produjo el acuerdo con el banco, la sentencia judicial o el laudo arbitral. En todo caso no se exigen intereses de demora (se marcarán las casillas 453 y 454 para ello). Si el reembolso no se ha recibido en efectivo sino que se destina a amortizar la hipoteca, ni se debe regularizar ni lo devuelto formará parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual. También se deben regularizar las cantidades incluidas como gasto deducible en años anteriores (desde 2012). No habrá sanción o intereses de demora o recargo alguno por este supuesto. Las indemnizaciones o intereses adicionales recibidas no tributan. Hacienda remitirá avisos en los borradores de los contribuyentes afectados.

Deducción por vivienda

La deducción por compra de vivienda habitual se mantiene para las operaciones anteriores a 2013. La bonificación permite deducir un 15% de un máximo de 9.040 euros.

Familias numerosas

Las familias numerosas y con discapacitados a cargo pueden pedir las nuevas ayudas familiares de 1.200 euros o, incluso, de 2.400 para las de categoría especial, por ejemplo, el caso de aquellas con más de cinco hijos. Estas bonificaciones se podían solicitar de forma anticipada a razón de 100 euros al mes. La ayuda es de 2.400 euros para familias con más de cinco hijos. Las situaciones que contempla: en primer lugar, para las familias numerosas (es decir, con tres o más hijos); en segundo lugar, para aquellas con hijos o ascendientes a su cargo con alguna discapacidad superior al 33%. También se aplicará la desgravación para aquellas familias que tengan dos hijos y uno de ellos tenga alguna discapacidad reconocida.

Por último, serán consideradas como familias numerosas con una categoría especial las de cinco o más hijos y aquellas con cuatro hijos e ingresos anuales no superiores al 75% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem).

Planes de pensiones

La reforma fiscal de 2015 redujo la cantidad máxima que se puede aportar a planes de pensiones: pasa de 10.000 a 8.000 euros, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas. También se ha reducido en la base imponible las aportaciones a planes de pensiones realizadas por el cónyuge del contribuyente cuando este perciba rendimientos del trabajo o de actividades económicas inferiores a 8.000 euros. Aunque en este caso, el límite de la aportación ha aumentado de 2.000 a 2.500 euros.

Compensación del ahorro

La posibilidad de compensar saldos negativos con positivos en la base del ahorro se incrementó el año pasado. El REAF detalla que si en 2015 el máximo a compensar era del 10%, el año pasado subió al 15%. Si desde el 30 de septiembre de 2016 transmitió acciones o participaciones de empresas de reciente creación por la que se dedujo cuota en 2013, podrá aplicar la exención de ganancia patrimonial. Eso sí, para ello debe reinvertir lo obtenido en otra empresa de nueva creación.

El alquiler deduce

Los contratos firmados desde 2015 ya no pueden deducirse en la tarifa estatal el 10,05% del alquiler. Esta bonificación continúa para contratos anteriores o prorrogados –o nuevos de partes que no hayan cambiado– para los menores de 35 años cuando la base imponible es inferior a 24.020 euros. Junto a la estatal, salvo Murcia y La Rioja, todas las comunidades tienen deducciones autonómicas.

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