La Audiencia Nacional rechaza suspender la venta del Popular al Santander

El tribunal considera que el FROB actuó por mandato de la UE y es contra esta contra la que hay que recurrir la decisión

Oficina de Banco Popular en Madrid REUTERS
Luis P. Arechederra

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El fondo de rescate español ha encontrado un primer respaldo legal a su papel en la venta exprés del Popular al Santander frente a la oleada de demandas de accionistas y bonistas afectados que se avecina. La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, en contra de los que solicitaban unos 6.000 particulares en 250 recursos contra la decisión del FROB , ha rechazado suspender de forma cautelar la operación por la que la entidad presidida por Ana Botín absorbió por un euro el que fuera sexto banco del país.

El tribunal considera que la actuación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), que a instancias de la Junta Única de Resolución (JUR) europea ejecutó la intervención y resolución del Popular y posteriormente su venta acelerada al Santander , ha sido de carácter instrumental porque se hace a raíz de una decisión previa de un organismo europeo, la JUR, y por tanto es en los tribunales europeos y contra ese organismo donde los afectados deben reclamar.

De esta forma, la Audiencia Nacional deriva los posibles recursos contra la resolución del Popular hacia las autoridades europeas como responsable última de esa decisión. Cabe recordar que el plazo para recurrir esa intervención finaliza el próximo lunes.

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