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Cuidado con lo que prometes en WhatsApp: puede tener validez legal

Los mensajes enviados desde esta aplicación pueden ser la prueba de la existencia de un contrato verbal, aunque puede ser fácilmente impugnable por posibles manipulaciones

WhatsApp, principal servicio de comunicación para muchas personas ARCHIVO

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Las palabras se las lleva el viento. Menos en WhatsApp , conocida aplicación de mensajería instantánea que, convertido en el principal canal de comunicación, en la que se prometen muchas cosas . Y, a veces, más de la cuenta. La plataforma se utiliza para numerosos fines, entre ellos, para comunicaciones oficiales en donde, en muchos casos, se llegan a acuerdos contractuales. La cuestión es: ¿tiene o no validez legal lo que digas?

Lo que le pasó a una persona en Vigo (Galicia) puede ser la historia de muchos. La diferencia es que una jueza de la localidad, perteneciente al juzgado de primera instancia número 13, ha emitido una sentencia por la cual se establece que los mensajes de WhatsApp pueden considerarse como prueba de la existencia de un contrato verbal. Según informa «El Faro de Vigo» , los dueños de un piso en alquiler tuvieron que acreditar ante el tribunal el arrendamiento a través de los mensajes que intercambiaron con la inquilina.

En las conversaciones, aparentemente informales, los arrendadores compartieron las condiciones del alquiler, fotocopias del DNI y su número de cuenta bancaria necesario para domiciliar los gastos de agua y electricidad. Material empleado a la hora de comenzar relación, pero después de encadenar varios periodos sin pagar, decidieron emprender acciones legales para desahuciarle. El juez le ha dado la razón al entender que se estaba ante un contrato verbal y, por tanto, con cobertura legal.

Aunque no es la primera vez que un caso similar se lleva al tribunal, dado que sucedió también en 2015 en el País Vasco , este tipo de pruebas exige ciertos recursos para demostrarlo. El primero, autentificar la autoría dado que manipular los mensajes digitales es una tarea muy fácil. Pero, también, que ambas partes reconozcan la autoría. «[La sentencia] no dice nada extraño, pero cabe preguntarse “¿cuándo tiene validez legal?” Cuando la otra parte lo reconoce», apunta en declaraciones a este diario Borja Adsuara , experto en derecho digital.

«Lo que no tiene validez es un pantallazo de WhatsApp. No así cuando se reconoce que lo has evadido»

El problema -matiza- es un problema de pruebas. « Normalmente, el juez lo que mira es si la otra parte lo reconoce », apunta este experto, quien recomienda, a su vez, que nunca se reconozca el envío de los mensajes, sino que se impugnen como prueba. Sin embargo, los jueces por regla general, asumen que un pantallazo del teléfono móvil es manipulable, por lo que se suele solicitar una prueba pericial con el teléfono móvil.

«Lo que no tiene validez es un pantallazo de WhatsApp. No así cuando se reconoce que lo has enviado», añade. A su juicio, los mensajes a través de este tipo de canales digitales presentan «las mismas dificultades» que cuando se llega a un acuerdo verbal. Se trata de un conflicto legal algo difuso como también sucede cuando se llevan a juicio los mensajes en la red Twitter, conocidos como «tuits», porque también pueden manipularse fácilmente con extensiones de navegador o programas de retoque digital.

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