Según denuncia AEA. la DGT aplica de forma incorrecta los márgenes de error de los radares de velocidad.
Según denuncia AEA. la DGT aplica de forma incorrecta los márgenes de error de los radares de velocidad.

El margen del radar brilla por su ausencia

Según Automovilistas Europeos Asociados (AEA), la DGT ha utilizado una norma técnica obsoleta desde 2006, la UNE 26444, para graduar el importe de 18.000.000 de multas

Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

Una reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Burgos ha aceptado los argumentos de una denuncia realizada por la organización Automovilistas Europeos Asociados (AEA) respecto a la aplicación incorrecta de los márgenes de error que la Dirección General de Tráfico (DGT) viene realizando para sancionar los excesos de velocidad y la utilización de una norma técnica obsoleta, la Norma UNE 26444, para fijar el importe de las multas.

La resolución judicial ha sido dictada en contestación al recurso promovido por AEA en defensa de uno de sus socios, denunciado por circular a 151 km/h en un tramo limitado a 120 km/h, y reduce la sanción de 300 euros y 2 puntos a 100 euros sin pérdida de puntos, pues considera que «el vehículo con radar no estaba en movimiento, sino parado, y el margen que la norma UNE aplica es de +3%».

Sin embargo, la sentencia aclara que la norma aplicable no era ésta, sino la Orden ITC/3123/123/2010, «en cuyo caso el margen de error de la norma ITC es un 2% superior, es decir, 3,02 km/h menos».

Esta circunstancia llevada a la tabla de multas prevista en el Anexo IV de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, «supone su reducción a infracción grave».

Hace dos años, AEA denunció la utilización indebida por la DGT de una norma técnica ya por entonces obsoleta (desde 2006), para graduar el importe de las sanciones por exceso de velocidad.

En todas las denuncias formuladas desde entonces, unos 18 millones, Tráfico indicaba a los automovilistas afectados que para el cálculo del exceso y la sanción aplicable «se han tenido en cuenta los márgenes de error estipulados en la Norma UNE 26444».

AEA denunció por entonces que «la advertencia de la DGT la Norma UNE 26444 no era más que una recomendación técnica elaborada por una entidad privada, que había quedado obsoleta y que, además, establecía márgenes de error inferiores a los fijados por la legislación vigente para la medición de velocidad captadas por radares»

AEA recuerda que el erróneo criterio sancionador no solo lo aplica la DGT, sino también el Gobierno Vasco, la Generalidad de Cataluña y más de una docena de ayuntamientos en la denuncia de excesos de velocidad.

Ver los comentarios