Varias personas con caretas, el día del juicio a los ediles
Varias personas con caretas, el día del juicio a los ediles - miguel muñiz

La Audiencia desautoriza a dos jueces y absuelve a los siete ediles de Santiago

Considera que los exconcejales no prevaricaron en ningún momento al acordar el pago de la defensa judicial a un compañero investigado por De Lara

Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

Con la denuncia de un particular, la juez instructora Ana López-Suevos armó la acusación, la hizo suya la fiscal Aránzazu San José, y la labor de ejecución recayó en el juez sustituto Jesús Leal, que condenaba en junio a siete concejalesdel Ayuntamiento de Santiago por acordar, en junta de gobierno, que se costeara la defensa letrada del edil Adrián Varela, imputado por Pilar de Lara en la «operación Pokemon». Nueve meses después, la Audiencia Provincial desmonta los argumentos jurídicos de la instrucción y la primera sentencia y estima que no hubo conducta prevaricadora por parte de estos ediles, que dentro del juzgado fueron condenados a nueve años de inhabilitación y fuera de él a una cacería política y mediática sin precedentes en los últimos tiempos.

Para instructora, fiscal y juez sustituto, los siete concejales eran perfectamente conocedores de que adoptaban una decisión contraria a derecho, al no condicionar el pago de la defensa de Varela a lo estipulado por la jurisprudencia del Supremo —sí referido expresamente en el informe del secretario municipal—. Además, entendían como indiciariamente sospechoso que el acuerdo se adoptara en una junta local de manera urgente y sin la presencia del alcalde, que el abogado lo eligiera Varela y no el consistorio o que lo aprobaran sin saber si éste sería condenado o no.

«Injustamente y prevaleciéndose de su condición de autoridad, obraron a sabiendas de la arbitrariedad del acuerdo que estaban adoptando, todo ello en beneficio exclusivamente particular con el fin de favorecer a un compañero de la Corporación imputado por varios delitos contra la Administración pública», afirmaba en su sentencia el juez. María Pardo, María Castelao, Juan de la Fuente, Cecilia Sierra, Luis Bello, Amelia González y Francisco Noya dimitieron como ediles tras conocerse el fallo.

La Audiencia echa abajo el relato de los hechos, en lo que entiende que es «una fundamentación poco sistemática». A su entender, el acuerdo de la junta de gobierno ya recogía una mención expresa en su encabezado al informe del secretario municipal. Por tanto, estima que «no hay base suficiente para estimar ignoradas» las exigencias que marca el Supremo: que la actuación del concejal estuviese motivada por su cargo público; que no hubiera sido llevada a cabo con abuso, exceso o desviación de poder; y que fuera declarado inocente.

Sin pruebas

«No hay prueba de cargo que respalde» la existencia de intención de los siete concejales de desviarse de la ley para beneficiar a Adrián Varela, estima la sentencia, y pone como prueba que «aprobaron el acuerdo tras comprobar que el informe jurídico era favorable» a la petición del edil, que nunca llegó a materializarse ni, por tanto, a costarle un euro a las arcas públicas compostelanas.

Además, la Audiencia entiende «irrelevante» el argumento que esbozaban instructora y juez sustituto acerca de lo sospechoso de la urgencia en la toma del acuerdo. «Podría denotar ilicitud si, por razón de tal urgencia, se omitieran controles o garantías jurídicas, pero nada de ello se ha probado».

Así, tampoco se encuentra relevancia a que el acuerdo se adoptara en una junta de gobierno sin la presencia del alcalde ni a que Varela eligiera qué abogado se le costearía. Es «coherente esta elección por el cliente con la imprescindible relación que ha de existir siempre entre defendido y defensor».

La acusación también hacía causa de una de las condiciones que establece el Supremo: la posible culpabilidad de Varela al haber sido imputado «por delitos de corrupción». La Audiencia viene a decir que no correspondía a los concejales establecer un juicio acerca de la conducta de su compañero, y que si finalmente éste resultaba condenado, siempre podría exigírsele el reintegro al Ayuntamiento de las cantidades que le hubieran sido abonadas a su abogado, como así dijo durante la vista el secretario municipal. «Es evidente que la vaguedad e indeterminación» de la referencia de los «delitos de corrupción» es «inconciliable con la presunción de inocencia».

Disculparse por «indignos»

Si algo marcó el juicio del pasado junio fueron los gritos e insultos proferidos por parte de la oposición política en Santiago a los siete concejales. Concejales y diputados del BNG portaban pancartas y escobas. Otros decidieron ocultarse tras máscaras de personajes de la serie «Pokemon» para hostigar a los ediles. A todos ellos se dirigió ayer el portavoz del PPdeG, Miguel Tellado, al exigir que «deberían disculparse» aquellos que «quisieron usar los juzgados para hostigar a determinados cargos» del partido.

A través de un comunicado, los populares recuerdan cómo todo el proceso contra los exconcejales se produjo en el contexto preelectoral y se falló pocos días después de las europeas. «La Audiencia viene a confirmar que las dudas denunciadas por el PPdeG en este proceso eran más que justificadas», indicó Tellado, que se preguntó además «quién repara la honorabilidad de estas personas, cuya imagen fue dañada ante la opinión pública en base a interpretaciones judiciales que ahora resultan no ser adecuadas». «Hay partidos que quisieron crecer ensuciando el nombre de otras formaciones», lamentó.

Ver los comentarios