Un juez de Palma desestima la demanda contra Meliá por operar hoteles expropiados en Cuba

La familia Sánchez Hill, que presentó la acción legal contra la compañía española, la denunciará ahora en Florida

Uno de los hoteles del grupo Meliá en Cuba ABC
David Alandete

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La familia Sánchez Hill , que llevó a los tribunales españoles a la empresa Meliá Hoteles Internacional por la explotación comercial de sus terrenos en Cuba , acudirá a la justicia norteamericana para solicitar formalmente la aplicación de la ley Helms-Burton , que entró en vigor en su totalidad en mayo . Después de que el Juzgado de Primera Instancia número 24 de Palma haya archivado este martes la denuncia contra Meliá por «falta de jurisdicción y de competencia internacional», los demandantes, todos ellos estadounidenses, recurrirán a la Justicia de su país lo que, advierten, puede tener consecuencias más graves para Meliá.

«Si la Justicia española desestima la petición de compensación en términos de jurisdicción legal, las familias afectadas, después de un recurso, acudirán a la justicia en su país, ya que el gobierno de Estados Unidos ha dejado claro, por ley, que sí tiene jurisdicción en este caso», dice a ABC Nicolás J. Gutiérrez , asesor legal de los Sánchez Hill y otros demandantes cuyas propiedades fueron confiscadas por el régimen cubano. La ley Helms-Burton, que regula el embargo cubano, entró en vigor en 1996 pero el capítulo que permite a los estadounidenses demandar a quienes exploten comercialmente sus propiedades estuvo suspendido hasta este año.

Desde que Donald Trump permitiera la entrada en vigor de la totalidad de la ley se han iniciado en EE.UU. una decena de demandas contra empresas hoteleras y de turismo de todo el mundo, incluidas la española Meliá, la alemana Trivago o la norteamericana Carnival Cruises. El proceso de demanda es lento, y debe hacerse sobre un listado oficial de reclamaciones elaborado por el departamento de Justicia norteamericano hace seis décadas y que incluye el reconocimiento de 8.821 propiedades confiscadas por valor estimado de 1.900 millones de dólares que van aumentando a razón de un interés anual del 6%.

Los Sánchez Hill reclaman compensación por la explotación comercial de hoteles en un terreno de más de 40.000 hectáreas en Holguín en el que hoy funcionan los hoteles de Meliá Sol Río de Luna y Mares, y Paradisus Río de Oro, y los de la cadena Blau Costa Verde, y Playa Costa Verde. Los edificios son en realidad propiedad del Grupo Gaviota, que según varios informes de inteligencia norteamericanos controlan los militares cubanos. Hace dos décadas ambas partes negociaron y Meliá estuvo a punto de pagar cinco millones de dólares (4,5 millones de euros), aunque en el último momento se echó atrás.

Propiedades en Estados Unidos

Según John S. Kavulich , presidente del Consejo Comercial y Económico EE.UU.-Cuba, el juicio en Palma era importante para todos los demandantes, porque querían que la Justicia en España, donde tiene su sede Meliá y otros operadores hoteleros y turísticos que ofrecen servicios en Cuba, se declarara competente sobre las confiscaciones del régimen comunista. Al no ser así, todos los esfuerzos van a centrarse finalmente en Florida, donde se están presentando las demandas. «El caso en Palma era importante y el hecho de que haya sido desestimado tendrá un efecto inmediato sobre los demás demandantes», dice Kavulich. «Ahora todos los esfuerzos se centrarán en la ley Helms-Burton», añade.

La aplicación de la ley Helms-Burton tiene dos implicaciones importantes para las empresas extranjeras que hacen negocios en Cuba. Por un lado, si estas son denunciadas en una corte de Florida y tienen propiedades en EE.UU. se arriesgan a que estas les sean expropiadas. Meliá tiene un hotel en Nueva York y otro en Orlando. Por otra parte, y en virtud del Título IV de la ley, el Gobierno norteamericano se reserva el derecho de negar visados de entrada y residencia en EE.UU. a los administradores y altos directivos de las empresas sancionadas, así como sus familiares.

Según dice un portavoz del departamento de Estado a ABC en un correo electrónico, «hemos aumentado nuestros esfuerzos de aplicación de conformidad con el Título IV. Un ciudadano extranjero sujeto a restricciones del Título IV no puede obtener una visa o ingresar a los Estados Unidos. Como los registros de visa son confidenciales bajo la sección 222 (f) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, no podemos revelar esfuerzos específicos de cumplimiento».

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