Diosdado Cabello, número dos del régimen chavista, junto a Nicolás Maduro, en una imagen de archivo
Diosdado Cabello, número dos del régimen chavista, junto a Nicolás Maduro, en una imagen de archivo - REUTERS
VENEZUELA

Prohíben salir de Venezuela a 22 directivos de medios por publicar información de ABC

Diosdado Cabello, número dos del gobierno, ha demandado a las directivas de «El Nacional», «Tal Cual» y «La Patilla»

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El número dos del régimen chavista se salió con la suya, por ahora. El presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, demandó a «El Nacional», «Tal Cual» y «La Patilla» por supuesta «difamación agravada continuada», solicitando la prohibición de salida del país a 22 directivos de los tres medios venezolanos por publicar información de ABC.

La querella fue admitida por la juez María Eugenia Núñez del tribunal 12º de juicio de Caracas. Según ha publicado este miércoles «El Nacional» en su primera página «como lo pidió Cabello el 23 de abril de 2015, cuando interpuso su acusación, la jueza Núñez también acordó que los 22 acusados deben presentarse una vez a la semana ante el tribunal».

La información trascendió extraoficialmente, pues los afectados no han sido formalmente notificados.

También extraoficialmente se supo que el presidente de la Asamblea Nacional ratificó su acusación el 28 de abril y que el tribunal la admitió el 5 de mayo.

La acción judicial de Cabello se fundamenta en la reproducción en «El Nacional», «La Patilla» y «Tal Cual» (entre otros muchos medios de comunicación nacionales y extranjeros) de la información publicada por ABC», a partir de las acusaciones de Leamsy Salazar, ex jefe de seguridad del presidente de la Asamblea Nacional. Salazar acusó a Cabello de estar involucrado en el tráfico internacional de drogas, específicamente de ser uno de los líderes del llamado Cartel de los Soles.

En la querella interpuesta por el presidente de la Asamblea Nacional se alega que «desde el día 27 de enero de 2015 han venido en forma sistemática y progresiva apareciendo múltiples informaciones en 'El Nacional', 'Tal Cual' y 'La Patilla', de los que desprendemos el grave perjuicio que estos medios han generado sobre nuestro representado, su reputación y honor».

La Corte Interamericana de derechos Humanos, al sentenciar el caso Mauricio Herrera Ulloa vs Costa Rica, el 2 de julio de 2004, reivindicó la doctrina del reporte fiel, según la cual no incurre en delito el que reproduce información de terceros.

Los señalados en la demanda de Cabello –según El Nacional- y afectados por las medidas impuestas por la jueza Núñez son: Miguel Henrique Otero, Mariana Otero, Argenis Rafael Martínez Mota, José Simón Elarba Haddad, Oswaldo Karam Macía, Luis Carlos Serra Carmona, Juan Andrés Wallis Brandt, Omar José Delgado Lugo, Jorge Papatzikos Gianopulos, Vivianne de Lourdes Font Fernández, Ramón José Medina Simancas, Beatriz Cecilia De Majo de Algisi, Carmen Elena Macía Fortique, Leopoldo Eduardo López Mendoza, Teodoro Petkoff Malec, Juan Antonio Rafael Golia Amodio, Francisco Layrisse, Manuel Antonio Puyana Santander, Alberto Federico Ravell Arreaza, Isabel Cristina Ravell Nolck y David Alberto Morán Bohórquez.

Miguel Henrique Otero, presidente editor de El Nacional, declaró a la cadena «NTN24» que la decisión de la juez Núñez es «totalmente irregular porque no se han emitido las citaciones». Dijo que «la justicia venezolana es un instrumento del Ejecutivo para criminalizar a la disidencia». Aseguró estar dispuesto a enfrentar las acusaciones y para ello se asesorará con sus abogados.

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