Arnaldo Otegui, secretario general de Sortu
Arnaldo Otegui, secretario general de Sortu - REUTEURS

La Junta Electoral de Guipúzcoa decidirá la última semana de agosto si Otegui es candidato a lendakari

La fecha está fijada entre el 23 y el 29 de agosto y se prevé que la resolución sea recurrida y llegue al Constitucional

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La Junta Electoral de Guipúzcoa será la encargada de decidir si el secretario general de Sortu, Arnaldo Otegui, puede presentarse como candidato a lendakari en las próximas elecciones vascas, que se celebrarán el próximo 25 de septiembre.

La decisión del órgano será tomada entre el 23 y el 29 de agosto, después de que la Junta Electoral le remita la sentencia de la Audiencia Nacional del caso Bateragune, confirmada por el Tribunal Supremo, en la que condenaba a Arnaldo Otegui a inhabilitación para ejercer cargo público y para sufragio pasivo, según han informado a Europa Press fuentes jurídicas.

En todo caso, se prevé que la decisión del órgano electoral sea recurrida y que, tras pasar por el Juzgado de lo Contencioso, la decisión de si el aspirante de EH Bildu puede presentarse a las elecciones la adoptará el Tribunal Constitucional, que deberá resolver la cuestión entre los días 5 y 7 de septiembre. El día 9 comienza la campaña electoral.

La sentencia

Después de que se conociera que la coalición soberanista había propuesto al exportavoz de Batasuna como candidato a la Presidencia del Gobierno vasco, para que lo ratificaran sus bases en asambleas, la Fiscalía remitió a la Junta Electoral Central la sentencia de la Audiencia Nacional del 16 de septiembre de 2011 en la que se condenaba a Arnaldo Otegui a diez años de prisión, que fue rebajada a seis años y medio por el Tribunal Supremo.

La sentencia conllevaba también la pena, por el mismo tiempo, de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho a sufragio pasivo. En la ejecución de la sentencia, se determinó que Otegi estaría inhabilitado hasta 2021 porque la condena no empezaba a correr hasta que terminara de cumplir otra inhabilitación anterior.

EH Bildu considera que la condena de inhabilitación no se le puede aplicar al líder de la coalición porque el fallo no especifica, tal como exige la Ley, a qué cargos públicos se le impedía concurrir. Para ello, se basa en el caso de Iker Casanova, parlamentario de EH Bildu, que fue condenado también por terrorismo y sobre el que pesaba una pena de inhabilitación especial, que quedó sin efecto al no especificarse en la sentencia a qué empleos y cargos públicos se debe aplicar la inhabilitación.

La propia Secretaría General Técnica de la Fiscalía General del Estado sostuvo que Casanova podía seguir ejerciendo como parlamentario por esa falta de concreción.

Conflicto de interés

Fue la propia Fiscal General del Estado, Consuelo Madrigal, la que en mayo anunció que se remitiría a la Junta Electoral Central la sentencia de condena del secretario general de Sortu, Arnaldo Otegui, por delitos de terrorismo relacionados con ETA ante su posible presentación a las elecciones.

El Ministerio Público considera que sobre el exportavoz de Batasuna –que fue excarcelado el pasado 1 de marzo– no solo pesa una condena de inhabilitación especial para empleo o cargo público, sino también otra de inhabilitación especial para el sufragio pasivo.

El órgano electoral del País Vasco, presidido por el máximo representante del TSJPV, Juan Luis Ibarra, se reunirá la próxima semana por primera vez desde que se conociera que los comicios autonómicos se celebrarán el 25 de septiembre, y en el encuentro se planteará que la resolución se remita a la Junta Electoral de Gipúzcoa.

Entre los miembros de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma Vasca se encontraba el abogado Iñigo Iruin, que renunció a estar en este órgano hace algo más de un mes.

Iruin –que ha sido sustituido en la Junta por el también letrado y exdiputado de Amaiur Iker Urbina– forma parte del grupo asesor con el que cuenta el líder de EH Bildu para hacer una «propuesta de país», que anunció para el mes de septiembre, y no se descarta que ejerza la representación legal de Arnaldo Otegui si se deniega o recurre su candidatura.

Calendario electoral

Bildu deberá presentar la candidatura de Otegui, al igual que el resto de partidos, entre los días 17 y 22 de agosto. Del 23 al 29, la Junta Provincial de Gipúzcoa deberá anunciar la proclamación de los aspirantes.

Se prevé que la decisión que adopte la Junta Provincial de Gipuzkoa sea recurrida en todo caso, si no es por EH Bildu –en caso de que sea contraria a que puede presentarse Otegui–, por otros partidos o por la propia Fiscalía si llega a proclamársele. PP, Ciudadanos y UPyD ya han anunciado su intención de impugnar, de ser así.

El recurso puede presentarse en dos días en los tribunales. En principio, correspondería al Juzgado de lo Contencioso número 2 de San Sebastián resolver las impugnaciones, al estar en esa fecha de guardia, y tendrá hasta el 2 de septiembre para dictar una resolución.

La sentencia puede ser recurrida hasta el día 4 ante el Tribunal Constitucional, que tendrá que resolver en tres días, de forma que el órgano judicial tiene de plazo hasta las doce de la noche del día 7 para determinar si Arnaldo Otegi puede concurrir o no a las elecciones autonómicas.

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