Carmena, a ABC:«La Justicia entendió que todo era correcto para que mi marido saldara una deuda conmigo»

La denuncia que regresa a la capital contra la alcaldesa y su esposo se ha sobreseído dos veces desde 2013 al considerarse que no había alzamiento de bienes y que los hechos no se produjeron para «defraudar»

MADRID Actualizado: Guardar
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La querella de Manos Limpias contra Manuela Carmena y su esposo, Eduardo Leira Sánchez, por la comisión de tres supuestos delitos (contra la Seguridad Social, contra los derechos de los trabajadores y la insolvencia punible) regresa a los tribunales madrileños después de que el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Segovia haya incoado diligencias previas de procedimiento abreviado y se haya inhibido para juzgar este asunto.

El caso se sobreseyó por primera vez el 9 de septiembre de 2013 en el Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid. El juez dictaminó que, en «atención a la documentación aportada por las defensas», permitía afirmar que «existía situación de insolvencia, pero que esta no fue buscada ex profeso por el imputado».

Entendía el tribunal que no concurría «el elemento subjetivo o intención de ocultar los bienes y perjudicar».

La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, ha precisado a ABC que la Justicia madrileña «entendió que todo se había hecho de forma correcta para que mi marido saldase una deuda conmigo». El régimen de matrimonio de la regidora y su marido está basado en separación de bienes. Al abonar Carmena lo que Leira debía este debía compensarle y lo hizo con su patrimonio.

Tal y como se detalla el juez en diligencias previas: «En autos hemos comprobado cómo desde una situación de insolvencia muy característica hoy de los oficinas de arquitectos, el matrimonio formado por los querellados, desde una previa separación de bienes otorga en el año 1999, y en atención a las deudas del señor Leira tenía, liquidaron su sociedad en el año 2010, dividiendo los dos bienes primordiales de la misma, la vivienda familiar que fue otorgada a la coimputada señora Carmena y el despacho que pasó a ser propiedad exclusiva del señor Leira».

Carmena se hipotecó

«Desde esa perspectiva –añade–, y teniendo en cuenta la existencia de un contrato de préstamo suscrito por el imputado con la entidad bancaria Bankia, que gravaba a la sociedad I3 Consultores y con utilización de un poder mutuamente otorgado garantizó el pago de las deudas de la sociedad con los bienes propios y con los de su mujer. Además, solicitó de su mujer que hipotecase su vivienda para atender al pago de ese crédito, hecho que hizo que por medio del antiguo Banco de Bilbao se le concediese un crédito a la señora Carmena con el que se atendió al pago de esa póliza de crédito, garantizando el pago con la transmisión del tercio de la propiedad de la oficina a favor de la coimputada. Con la venta de dicha oficina y por debajo del precio de mercado se abonó el pago a la coimputada que destinó al pago de la hipoteca sobre la vivienda familiar».

Concluye el juez que, para equilibrar la situación económica de la sociedad de separación de bienes, «el imputado dio en pago de dicha deuda a la coimputada la finca que poseía en El Espinar, lo que demuestra que la acciones realizadas no tienen como fin defraudar a los acreedores, sino, entiendo, subvenir a las deudas principales según el querellado, sin poder hacerlo con todas a la vista del estado económico del mismo».

El abogado Emilio Rodríguez Menéndez volvió a la carga con este asunto el pasado verano denunciando los mismos hechos y acusando de los mismos delitos. El Juzgado de Instrucción 37 sobreseyó de nuevo la causa.

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