Imagen de una oficina de la extinta Bancaixa en Valencia
Imagen de una oficina de la extinta Bancaixa en Valencia - ROBER SOLSONA
TRIBUNALES

Bankia devolverá a un exempleado 73.800 euros que invirtió en preferentes en su propia oficina

El trabajador, jubilado desde 1995, llegó a ser director de una sucursal de la extinta Bancaja en Gandía

VALENCIA Actualizado: Guardar
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Un juzgado de Valencia ha condenado a Bankia a devolver a un exempleado y exdirector de una sucursal de la misma entidad bancaria 73.800 euros que invirtió en participaciones preferentes, al considerar que la "falta de información" le llevó a invertir en un producto que creía que era un plazo fijo o similar.

Así consta en una sentencia del Juzgado de primera instancia número 22 de Valencia dada a conocer por la Asociación de Consumidores y Usuarios Apabanc, que representaba al demandante.

Según recoge la sentencia, el demandante, que tiene en la actualidad 77 años, había sido empleado de la Caja de Ahorros de Valencia en varias oficinas e incluso director de una sucursal de Gandia en 1995, año en que se jubiló.

En 1999, adquirió en la sucursal de la que había sido empleado toda la vida 123 títulos de participaciones preferentes por un importe nominal de 73.800 euros, sin que hubiera "información adecuada, suficiente y ajustada a la realidad" de ese producto comercializado por Bancaja.

La sentencia señala que el hombre no tenía "ninguna experiencia como banquero de finanzas ni con productos complejos" como las participaciones preferentes, que aparecieron años después de su jubilación, y además su perfil era conservador, al ser un pequeño ahorrador jubilado con necesidad de disponer de su dinero.

Por ello, añade el fallo judicial, el hombre siempre había depositado sus ahorros en plazos fijos, y "no puede decirse" que Bancaja actuara "correctamente, pues 'colocó' un producto totalmente inadecuado para una persona de una edad avanzada, de perfil minorista y conservadora".

El hombre no tenía ninguna experiencia como banquero de finanzas ni con productos complejos

Además, el Juzgado considera que no ha quedado acreditado que el empleado que gestionaba las preferentes conociera "las verdaderas características" del producto, por lo que "difícilmente" podía informar a los suscriptores de la naturaleza y los riesgos de un producto "difícilmente comprensible para personas sin formación financiera".

La consecuencia de "falta de información fue el error a que se indujo al suscriptor, al no conocer la realidad, lo que presupone un vicio que afecta al consentimiento", que hace "el negocio inexistente, al ser nulo", señala el fallo.

Añade que el hombre "se fiaba de lo que decía el empleado de Bancaja", compañero suyo de trabajo, ignorando que la información facilitada era "parcial, sesgada e incompleta, y no se ajustaba a la realidad", por lo que el resultado "no puede ser otro que la nulidad del contrato".

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