El fallo responde a la demanda de un médico del Hospital Joan XXIII de Tarragona
El fallo responde a la demanda de un médico del Hospital Joan XXIII de Tarragona - J. G.

El TSJC tumba la obligación de los funcionarios de usar solo el catalán para dirigirse al público

El Alto Tribunal les libera también de utilizarlo en exclusiva para comunicarse entre ellos

Barcelona Actualizado: Guardar
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Los funcionarios de Cataluña ya no están obligados a dirigirse en catalán a los usuarios, ni a hablar entre ellos en esta lengua, ni a iniciar las conversaciones telefónicas usándola en exclusiva. Un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), con fecha del 9 de diciembre de 2015, anula la obligatoriedad de utilizar la lengua autómica como idioma preferente en la atención a los usuarios, en las relaciones profesionales y en las llamadas de teléfono.

El fallo, consultado por ABC, deja sin efecto también la orden de rellenar exclusivamente en catalán la documentación interna de la Administración (nóminas, contratos, avisos, circulares,..). El tribunal suspende así las indicaciones de claro «contenido imperativo» tanto del «Protocolo de usos lingüísticos para el sector sanitario público en Cataluña» como del «Protocolo de usos lingüísticos para la Generalitat y el sector público, de redactado casi idéntico, aunque mantiene que «el catalán sigue siendo la lengua propia de la Generalitat y del sector público que de ella depende».

«Contrario a la Constitución»

El pronunciamiento del alto tribunal catalán responde a la demanda que interpuso en 2012 el médico J. M., del Hospital Joan XXIII de Tarragona, contra ambas instrucciones al entender que «son contrarias a la Constitución Española» y también al Estatuto de Autonomía catalán, en la medida que «establecen la obligación de usar el catalán en detrimento del castellano».

En declaraciones a ABC el facultativo consideró que el fallo del TSJC «reconoce la realidad lingüística que hay en Cataluña, donde deben respetarse por igual las dos lenguas oficiales sin imponer ninguna de ellas». A juicio de J. M., el fallo elimina la parte impositiva del protocolo y mantiene la que «da opción también a usar el castellano». «En líneas generales me siento satisfecho», concluyó el demandante.

El fallo tumba los mismos preceptos en el protocolo de usos lingüísticos del ámbito sanitario y en el que afecta al conjunto de la función pública en base al mismo argumentario.

«Sin justificación conocida»

Respecto a que «la lengua de comunicación entre el personal debe ser la catalana, tanto presencialmente como por teléfono, en la megafonía, en las reuniones de trabajo. etc... especialmente ante las personas usuarias de servicios» el TSJC apela a la Ley de Política Lingüística 1/98 y a las sentencias del Tribunal Constitucional (TC) de 1986 y 2010 y considera que «siendo las dos lenguas oficiales medio normal de comunicación el protocolo pretende imponer a los profesionales el uso de una sola de ellas sin justificación conocida».

La Sala Quinta del TS catalán estima «con los mismos fundamentos» el recurso en cuanto al punto que establece la obligatoriedad de dirigirse a los usuarios en catalán como primera opción. Los protocolos lingüísticos vigentes hasta el fallo establecen que: «Tanto si la conversación la inicia el usuario como el trabajador, éste la mantendrá en catalán -independientemente de la lengua que utilice el interlocutor-, excepto el caso que el usuario manifieste dificultades para entender el catalán o pida ser atendido en la otra lengua oficial».

En su fallo, el TSJ catalán anula también la obligación de que las conversaciones telefónicas se inicien siempre en catalán y que se siga hablando en catalán al usuario, si lo entiende, pese a que él responda en castellano.

Por último, libera a los profesionales sanitarios y a los funcionarios en general de utilizar solo el catalán al rellenar la documentación interna (nóminas, contratos, avisos y circulares...). Mantiene, sin embargo, que tanto las comunicaciones internas y externas deben estar redactadas en catalán como lengua propia de la administración.

En señas antes que castellano

Las indicaciones de la Generalitat a sus funcionarios para aplicar el protocolo de usos lingüísticos prevé que antes de pasarse al castellano, el empleado público «utilice un lenguaje sencillo y entendedor, hable despacio, repita frases y, si es necesario traduzca palabras» para hacerse entender en catalán. Preve incluso la utilización de «recuros no verbales y material gráfico» antes que emplear la otra lengua oficial en Cataluña

El fallo fue notificado en enero a las partes y la Generalitat no lo recurrió en el plazo fijado, según Jose Domingo, presidente de Impulso Ciudadano, la entidad que amparó al denunciante y que exigirá ante el TSJC el cumplimiento inmediato de la sentencia. «Al no haber recurso, el fallo es de ejecución inmediata», afirma Domingo. Sin embargo, según denuncia, «la Generalitat no ha modificado aún las instrucciones lingüísticas».

Alex Ramos, especialista en medicina preventiva y Salud pública y coordinador de Salud de Sociedad Civil Catalana, expresa su satisfacción por el pronunciamiento del TSJC en la medida que supone «un paso importante en la normalización del uso de las dos lenguas oficiales. Denuncia que el protocolo anterior «suponía un escollo en el ejercicio profesional ya que entorpecía enormemente nuestra labor», denuncia el facultativo.

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