La Fiscalía recurre ante el Supremo el tercer grado de Forcadell por dar «total sensación de impunidad»

El martes pasado, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Cataluña desestimó un primer recurso del fiscal contra la semilibertad de Dolors Bassa y Carme Forcadell

Dolors Bassa y Carme Forcadell en una imagen de archivo ABC

ABC

La Fiscalía ha recurrido ante el Tribunal Supremo (TS) el tercer grado que la Generalitat concedió a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y a la exconsellera Dolors Bassa que fue avalado recientemente por el juzgado de vigilancia de ambas y ha pedido que lo suspenda mientras resuelve sobre la cuestión. En sendos recursos, el ministerio público pide al Alto Tribunal que revoque el régimen de semilibertad del que ambas reclusas disfrutan desde el pasado mes de julio al entender que pese a la elevada pena de cárcel impuesta han pasado «escasísimas» horas en prisión. ¿El motivo? Que a los pocos meses de ser condenadas se les flexibilizó su régimen penitenciario con un 100.2 de carácter muy amplio que prácticamente era una «semilibertad» encubierta.

Para la Fiscalía, otorgar a las dirigentes independentistas el tercer grado cuando no han cumplido aún ni la cuarta parte de su condena -de 11 años y medio y 12 años, respectivamente-, lejos de favorecer el cumplimiento de los fines de la pena, lo que hace es crear una «total sensación de impunidad» tanto en ellas como en la sociedad. El ministerio público ha optado así por prescindir del recurso de reforma ante el juzgado de vigilancia y ha impugnado el tercer grado de Bassa y Forcadell directamente ante el Supremo, al que pide que dé al caso un trato preferente.

Los otros líderes independentistas

Paralelamente, el Supremo tiene también sobre la mesa, desde hace ya más de dos meses, el recurso que la Fiscalía presentó contra el tercer grado de los otros nueve líderes independentistas presos en la cárcel Lledoners, avalado también por el juzgado de vigilancia aunque lo tienen suspendido desde el pasado 30 de julio, a la espera de que el Alto Rribunal resuelva. En sus escritos, a los que ha accedido Efe, el ministerio público sostiene que las internas fueron clasificadas inicialmente en segundo grado, pero de una forma «mas teórica que real» puesto que a las pocas semanas se les concedió un régimen flexible por el artículo 100.2 con un horario tan amplio que «equivalía a un tercer grado encubierto» .

«Dicha actuación ha sido común para todos los condenados por la sentencia del Tribunal Supremo de 14 de octubre de 2019, que ha sido vaciada de contenido», señala Fiscalia. Entre los motivos, la temprana aplicación del 100.2 y la ágil progresión al tercer grado. En el caso de Forcadell, la Fiscalía apunta a que, desde que fue condenada, su estancia en prisión es más conceptual que real, limitándose a la pernocta. En cuanto a los fines de reeducación y resocialización, la Fiscalía cree que tampoco están cumplidos, puesto que en el caso de la expresidenta de la ANC no hay una auténtica «asunción delictiva». En su caso reconoce los hechos pero hace su «propia interpretación» de los mismos, como cuando afirma que desobedecer al Constitucional estaba justificado para que los diputados del Parlament pudieran expresarse.

«Desigualdad insoportable»

La Fiscalía admite que la expresidenta del Parlament tiene un «nivel social y cultural» que favorece su reinserción social, pero razona que si solo pueden progresar a tercer grado los reclusos con esas posibilidades económicas se generaría una desigualdad «insoportable e inconstitucional» en el propio sistema que daría patente de corso a este tipo de delincuentes que no estén relacionados con la marginalidad social o económica.

En el caso de Bassa , la Fiscalía argumenta que tampoco asume el carácter delictivo de los hechos por los que fue condenada, lo que hace «muy difícil, si no imposible», detectar la posibilidad de que se cumpla el fin de reeducación previsto en la Constitución. El fiscal concluye que la exconsejera de Trabajo, de ERC , mantiene todos los elementos que le llevaron a delinquir: falta de respeto a las leyes y a los tribunales de justicia, creencia de un mandato superior del Parlamento de Cataluña por encima del mandato constitucional y creencia de su capacidad para «interpretar la voluntad popular».

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