El toque de queda a las 20.00 horas no podrá continuar en Castilla y León. Así lo ha decidido l a Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, que se reunió este martes para resolver, entre otros asuntos, el recurso presentado por el Gobierno de España contra la medida decretada por la Junta y que entró en vigor el pasado 16 de enero. Finalmente, según han informado a ABC fuentes jurídicas, el alto tribunal ha optado por la suspensión cautelar de esta medida acordada a mediados de enero por el Consejo de Gobierno de la Junta para frenar los contagios.
Hace una semana el Supremo optó por «seguir deliberando» sobre este tema, señalaron entonces fuentes del TS, que han optado finalmente por no dar la razón al Gobierno regional, lo que supondrá la paralización de la medida cuando justo hoy cumple un mes de su aplicación. La resolución de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo no entra en el fondo del asunto y se pronuncia únicamente sobre las medidas cautelares solicitadas por la Abogacía del Estado.
Hace casi ya 20 días que la Junta de Castilla y León, apurando al máximo el plazo permitido, envió al TS el documento en las que argumentó que prioriza el derecho a la vida en sus alegaciones ante el Tribunal Supremo y entiende que el adelanto del toque de queda es necesario, porque desde su aplicación sostiene que se han reducido los contagios . También expuso que esta decisión se adoptó para proteger la vida -conforme a una sentencia del Tribunal Constitucional- y hacer el menor daño a la economía.
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesión