Absueltos por fallar nueve veces el pin de la tarjeta bancaria de la que querían robar

Fallaron hasta nueve veces el número pin de una tarjeta bancaria de otra persona, de la que trataron repetidamente de sacar importes de 600 y 100 euros

Se solicitó para estos dos varones cuatro meses y quince días de prisión, pero el Juzgado los ha absuelto por considerar que la tentativa fue «inidonea» y no «hay peligrosidad» para que sea punible

Usaron una tarjeta de crédito robada de la que intentaron sacar dinero nueve veces Archivo

Laura Bautista

Dos hombres han sido puestos en libertad después de que la Audiencia Provincial de Las Palmas anulase su condena por estafa, ya que aunque trataron de sacar dinero de una tarjeta robada , no dieron con el pin adecuado para hacerlo, introduciendo el código erróneo hasta nueve veces.

El Tribunal considera que los hechos cometidos no son «punibles» ya que aunque había intención, esta se desarrolló de forma «inidónea», como indica el auto.

Se trata de dos varones de 56 y 33 años y sin antecedentes penales , a los que se solicitó en mayo cuatro meses y quince días de prisión por un delito continuado de estafa en grado de tentativa.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha estimado el recurso de apelación de la defensa y aunque los condenó al interpretar el interés de robar de una tarjeta bancaria de otra persona, la técnica usada no es punible. La tentativa, para ser objeto de pena «ha de revelar un mínimo de peligrosidad », y para el Tribunal los acusados «están muy lejos de producir la lesión patrimonial por ellos pretendida».

Los hechos se produjeron en la madrugada del 9 de marzo de 2019, en un cajero en la ciudad de Arucas (Las Palmas) donde intentaron en nueve ocasiones seguidas sacar del cajero siete reintegros por importe de 600 euros y dos por un valor de 100 euros , todos sin éxito.

La sentencia narra que si bien «se acercan a un cajero de una entidad bancaria con el fin de hacer uso de la tarjeta que portan», los actos que ejecutan a tal fin «resultan baldíos y exentos de ese mínimo de peligrosidad exigible para considerarlos punibles». A juicio de la Sala, «es prácticamente imposible atinar con la clave secreta de cuatro dígitos «, por lo que la introducción de la tarjeta en la correspondiente ranura y las sucesivas pulsaciones aleatorias de números ni siquiera son de utilidad para valorar una peligrosidad en abstracto.

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