Estos son los pasos a seguir para aplicar el artículo 155 en Cataluña

Rajoy ha anunciado el envío de un requerimiento a la Generalitat para que aclare si ha declarado la independencia

Rajoy, en una foto de archivo MAYA BALANYA
Mariano Calleja

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El artículo 155 de la Constitución está muy estudiado en La Moncloa, a pesar de no haber sido aplicado nunca. «Es una medida muy polémica, pero si hace falta se activará», comentaron este martes fuentes próximas a Presidencia. El procedimiento empieza con un Consejo de Ministros, que ha se ha celebrado y que ha aprobado enviar un requerimiento a Carles Puigdemont para que rectifique en su rebeldía y vuelva a la senda de la ley. Ese requerimiento tiene que ir acompañado de un plazo, que no está marcado en la ley, pero que en La Moncloa apuntan que sería «razonable»: mínimo seis horas, máximo 48 .

[ Sigue al minuto las reacciones a la declaración de independencia de Cataluña de Carles Puigdemont ]

A partir de ahí, si se recibe una respuesta negativa o se cumple el plazo dado sin contestación, el presidente Rajoy volverá a convocar un segundo Consejo de Ministros para enviar al Senado la solicitud de aplicación del artículo 155, con un informe que incluya las medidas concretas de intervención autonómica que se puedan tomar.

Ante una declaración de independencia, el Gobierno preveía incluso el relevo de Puigdemont y de todos sus consejeros, que serían sustituidos, posiblemente, por la Comisión de Subsecretarios y Secretarios de Estado , el segundo órgano colegiado del Gobierno, que preside la vicepresidenta todas las semanas. Ayer se reunió a las 16.30 horas, justo antes de la hora prevista para la declaración de Puigdemont en el Parlamento autonómico catalán.

Tiempo limitado

Ese relevo en el poder autonómico tendría un tiempo limitado, «el necesario» para restablecer el orden constitucional, según precisaron fuentes de La Moncloa. Podría servir para convocar una nuevas elecciones autonómicas, como quiere el líder de Ciudadanos, aunque el Gobierno no se ha pronunciado aún sobre ese punto.

El Gobierno, pues, entregaría al presidente del Senado un informe con las medidas propuestas y el alcance de estas, con una justificación del correspondiente requerimiento al presidente de la Generalitat, sin haber obtenido respuesta positiva.

La Mesa del Senado enviaría ese informe a la Comisión General de Comunidades Autónomas, o una Comisión específica, que volverá a requerir al presidente autonómico para que presente alegaciones. La Comisión elaborará una propuesta razonada sobre si procede o no la aprobación solicitada por el Gobierno, y se elevará al Pleno de la Cámara Alta. El Pleno debe convocarse con 24 horas de antelación , y será ahí donde de debata y se vote la propuesta del Gobierno, que debe obtener mayoría absoluta. El Grupo Popular dispone de esa mayoría en el Senado, por lo que no tendría ningún problema en aprobarlo, aunque espera contar con el apoyo del principal grupo de la oposición, el PSOE.

La carta del 155 la tiene el Gobierno desde el principio, pero hasta ahora no ha considerado oportuno usarla por «prudencia y proporcionalidad». En el momento en que se dé el primer paso, la celebración de un Consejo de Ministros para enviar un requerimiento a Puigdemont, se calcula que el proceso estaría completo en un plazo que va de tres a cinco días, aunque en La Moncloa hay quien sostiene que si se fuerzan los plazos al máximo, en 48 horas podría estar listo.

Desde el pasado 1 de octubre, la vicepresidenta del Gobierno ha insistido en que el Ejecutivo tenía totalmente preparado el artículo 155, junto a otras medidas que pudieran tomarse, para aplicarlas y anular los «efectos» de una declaración de independencia , en el caso de que se produjera en la comparecencia de Puigdemont.

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