Los presos del «procés» ya están en semilibertad: ¿se puede revocar el tercer grado?

La Fiscalía ya ha solicitado al Tribunal Supremo que revise las figuras por las que los condenados, nueve meses después de la sentencia, podrán pasar tres noches a la semana en casa

Junqueras y Cuixart salen de prisión EP

N. Villanueva

Nueve meses después de la sentencia por el golpe separatista de la Generalitat de Cataluña, sus líderes políticos han salido de la prisión de Lledoners, en Sant Joan de Vilatorrada (Barcelona). Usan por primera vez su clasificación en tercer grado, la semilibertad, con la que podrán pasar todo el fin de semana en casa. Es el primer fin de semana en que se aplica el tercer grado a los presos condenados por sedición en el juicio del 1-O, después de que las juntas de tratamiento de las cárceles aprobaran el jueves aplicarles la modalidad habitual del régimen abierto. El tercer grado les permitirá pasar tres noches en casa, por lo que no volverán a la prisión hasta el lunes, y dormir los otros cuatro días de la semana en la cárcel, cuando pasarán entre 8 y 11 horas en el centro penitenciario.

¿Qué es el tercer grado?

El tercer grado es un régimen de semilibertad que se caracteriza por la ausencia de controles rígidos y que permite al interno cumplir el fin de reinserción que tiene toda condena . Las personas clasificadas en tercer grado tienen que pasar como mínimo ocho horas de cada veinticuatro en la cárcel, pero durante el resto del día pueden salir del centro penitenciario, ya sea para desarrollar actividades laborales o formativas, familiares, de tratamiento o de otro tipo, encaminadas a su integración social. Si aceptan ser controladas de forma telemática pueden evitar incluso dormir en prisión.

¿Qué requisitos tiene que cumplir el preso?

A la hora de conceder un tercer grado se valoran las circunstancias personales del interno (sociales, familiares, laborales, penales, antecedentes), comportamiento, el tipo de delito por el que ha sido condenado o la duración de la pena... En todo caso se tiene que tratar de un preso capacitado para llevar a cabo un régimen de vida en semi-libertad y además tiene que haber satisfecho la responsabilidad civil a la que haya sido condenado.

¿De quién depende la concesión del tercer grado?

Son las juntas de tratamiento las que proponen esa clasificación, pero son los servicios penitenciarios -en este caso de la Generalitat- los que lo conceden. Se trata de una decisión ejecutiva, es decir, de acordarse, les permitiría disfrutar de ese régimen de semilibertad de forma inmediata sin que ningún recurso pueda impedir su ejecución.

¿Se puede recurrir?

Sí, es la Fiscalía territorial la que puede recurrirla ante el juez de Vigilancia Penitenciaria, pero ese recurso no tiene efectos suspensivos, con lo que gozarían del tercer grado hasta que el juez decida si acepta el recurso del Ministerio Público. Pueden darse en este caso dos escenarios distintos: el primero, que el juez dé la razón a la Fiscalía, en cuyo caso los presos volverían a la situación en la que estaban, es decir, segundo grado con aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario , que en la práctica ya les permitía salir a la trabajar; o dos, que el juez rechace el recurso de los fiscales de Vigilancia Penitenciaria de Barcelona.

La Fiscalía ya ha solicitado al Tribunal Supremo que revise la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a los presos del 1-O al considerar que se trata de un «tercer grado encubierto». Los fiscales del «procés» consideran que al tratarse de un tercer grado encubierto es el Tribunal sentenciador el que debe pronunciarse y unificar doctrina Fiscalía ante la disparidad de criterios entre los jueces de vigilancia penitenciaria .

¿Se podría haber evitado este escenario?

Sí, si el tribunal del «procés» hubiera acordado en sentencia la aplicación del artículo 36.2 del Código Penal, según el cual el condenado no puede acceder al tercer grado hasta que haya cumplido la mitad de condena impuesta. La menor condena de prisión de los presos del «procés» fue la de 8 años de los «Jordis».

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación