Los motivos por los que la Junta Electoral elimina la precampaña del 26-M

El proceso electoral de alcaldías y autonomías coincidia con las elecciones generales

Última reunión de la Junta de Portavoces del Congreso JAIME GARCÍA
Ana I. Sánchez

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Desde ayer y hasta el próximo 26 de mayo, ningún cargo público del Gobierno, comunidad autónoma o ayuntamiento podrá participar en ningún acto financiado con dinero público, directa o indirectamente, que contenga «alusiones a las realizaciones o logros obtenidos». Esta es la decisión adoptada el pasado lunes por la Junta Electoral Central para asegurar la neutralidad de los poderes públicos ante la coincidencia en el tiempo de las dos convocatorias electorales.

Su consecuencia directa será la desaparición del periodo de precampaña de las elecciones de mayo ya que los alcaldes y presidentes autonómicos quedan sujetos desde ayer a las mismas restricciones que el Gobierno central . No podrán inaugurar ninguna obra, servicio público o proyecto ni lanzar campañas institucionales durante los próximos tres meses, en lugar de los 54 días preceptivos. Tampoco podrán lanzar ya ninguna campaña para el fomento de la participación. La Junta Electoral abrirá expediente sancionador -incluso multa económica- a quien vulnere la norma. Los alcaldes y presidentes autonómicos ya barruntaban que el organismo podría acabar adaptando esta decisión. «No es lo mismo desplegar la agenda hasta mes y medio antes de las elecciones que tener que distanciarte tres meses. Es un revés, esperado, pero un revés», admitían ayer desde una presidencia autonómica.

Doble jornada de reflexión

Ésta, no obstante, es solo la primera de las limitaciones impuestas en una interpretación expansiva del artículo 50 de la Ley Electoral (Loreg). Desde ayer, también queda prohibido que los poderes públicos llamados a alguno de los dos comicios utilice «imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas». Tampoco permitirá la realización de actos de campaña o difusión de propaganda electoral para las elecciones autonómicas, locales y europeas durante los días 27 de abril -jornada de reflexión- y 28 de abril. Una decisión argumentada en la «dificultad de deslindar la actuación de las formaciones políticas en unos u otros procesos electorales». Para evitar equívocos, la Junta advierte que no admitirá que se invoque el «ejercicio de las funciones constitucionalmente reconocidas a los partidos» para sortear esta prohibición.

También ha decidido impedir la publicación, reproducción o difusión de encuestas sobre las elecciones autonómicas, locales y europeas durante los cinco días previos al 28 de abril, extendiendo así a ambos procesos esta otra restricción de la Ley Electoral. Subraya «la incidencia que las encuestas relativas a unos procesos electorales puede tener en los otros» y que la difusión de los sondeos puede llevarse a cabo «sin inconveniente» un día después de las elecciones generales. En cambio, no limita la publicidad o propaganda electoral vía «carteles, soportes comerciales» o inserciones en medios de comunicación para los comicios de mayo, más allá de los días 27 y 28 de abril.

El organismo electoral argumenta que al producirse la convocatoria electoral del 26 de mayo antes de los comicios del 28 de abril comenzará «un nuevo periodo electoral antes de haber concluido el anterior». Una circunstancia que, advierte, «plantea problemas que hasta ahora no se han suscitado y que está dando lugar a numerosas consultas». Siguiendo este hilo concluye que debe quedar garantizado « un marco institucional de neutralidad en el que el ciudadano pueda con absoluta libertad, sin interferencias de ningún poder público, decidir los términos y el alcance de su participación política».

Decretos de Sánchez

La expansiva interpretación que ha realizado la Junta Electoral del artículo 50 de la Ley Electoral abre la puerta a que los decretos-leyes que el Gobierno de Pedro Sánchez apruebe a partir de ahora reciban su reproche e incluso sanción, si son denunciados por el PP u otro partido rival. Así lo entienden los expertos jurídicos consultados por ABC haciendo hincapié en que el reproche tendría validez exclusivamente política ya que los textos convalidados seguirían en vigor.

Los populares esperarán, probablemente, a que la Diputación Permanente convalide alguno de los decretos-leyes del Gobierno para remitir su denuncia ante la Junta Electoral Central. Las decisiones de este órgano son rápidas y todas las fuentes consultadas coinciden en que dictaminará antes de las elecciones.

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