Junqueras y Romeva se unen al «club del 100.2» para salir de la cárcel a trabajar

Lledoners flexibiliza ya las condenas de siete de los nueve líderes del «procés»

Oriol Junqueras en una imagen de archivo Inés Baucells / VIDEO: ABC Multimedia

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Las previsiones del Departamento de Justicia de la Generalitat se van cumpliendo. Hace un par de semanas, la consejera Ester Capella daba por hecho que todos los presos del «procés» podrían en breve salir de prisión varios días a la semana para trabajar o participar en actividades de voluntariado con la aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario.

Las prisiones catalanas ya han concedido esta flexibilización de la condena a siete de los nueve presos del «procés». Los últimos, ayer mismo. La cárcel de Lledoners (Barcelona) autorizó el 100.2 al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y al exconsejero Raül Romeva. Los únicos que aún no lo disfrutan son los exconsejeros Josep Rull y Jordi Turull. Es cuestión de tiempo.

El 100.2 permite combinar características de distintos grados de clasificación. Los líderes del «procés» están en segundo grado (régimen ordinario), pero gracias a esta flexibilización pueden beneficiarse de algunos aspectos del tercero (semilibertad) y en concreto , salidas de la cárcel que el segundo grado no permite . Los permisos son personalizados en el número de días y de horas que pueden salir de prisión, pero también en cuanto a las actividades que van a realizar: trabajar, voluntariado o cuidar a familiares. En el caso de Junqueras y Romeva saldrán a trabajar tres días a la semana , un máximo de seis horas cada una de las jornadas.

El 100.2 no está exento de polémica. Es un procedimiento excepcional en las cárceles catalanas. Lo tienen 405 presos de unos 6.000 a los que se podría aplicar, pero con toda probabilidad lo acabarán obteniendo el cien por cien de los líderes políticos presos. Los conceden directamente las juntas de tratamiento de las cárceles, en teoría sin mediación de la Consejería de Justicia. A posteriori, debe avalarlo un juzgado de vigilancia penitenciaria y la Fiscalía tiene opción de recurrirlo .

Es lo que ha hecho ya el Ministerio Público en contra de la flexibilización de las condenas de los «Jordis», los primeros a quienes se concedió el 100.2. La Fiscalía considera que se trata de un «tercer grado encubierto» y que Cuixart y Sànchez no cumplen los requisitos para obtener dicha flexibilización. El juzgado aún no se ha pronunciado al respecto.

El fiscal, contra el 100.2

Fue uno de los asuntos que estuvieron ayer sobre la mesa en la comparecencia en el Parlament del fiscal superior catalán, Francisco Bañeres . El máximo representante del Ministerio Público en Cataluña, ante las críticas de JpC y ERC, defendió dichos recursos. Incidió en que uno de los requisitos para disfrutar de estos permisos es «aceptar» que cometieron un delito y «comprometerse» a no repetirlo. «No es frecuente» además, añadió Bañeres, que se conceda tan pronto a presos con condenas tan largas. Si la Generalitat hubiese visto que están rehabilitados, razonó el fiscal, tendría que clasificarles en tercer grado y no en segundo.

La cuestión es que un eventual recurso contra un tercer grado acabaría en el Supremo, tribunal que les condenó. Las alegaciones al 100.2, en cambio, esquivan esta posibilidad : se agotan ante la Audiencia de Barcelona.

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