Tribunal Supremo

La Fiscalía pide la inadmisión de la querella del ministro Soria contra una diputada de Podemos

Cree que el escrito en el que acusa a la juez en excedencia Victoria Rosell de injurias y prevaricación, entre otros delitos, «no aporta ningún elemento de prueba»

Madrid Actualizado: Guardar
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La Fiscalía del Tribunal Supremo ha pedido la inadmisión de la querella que el ministro José Manuel Soria presentó contra la juez en excedencia Victoria Rosell, actual diputada por Podemos, por los delitos de calumnias, injurias, prevaricación judicial, retardo malicioso en la administración de justicia y cohecho.

Como adelantó ABC, Soria atribuía a Rosell los tres últimos delitos al entender que al retardar la causa contra el empresario Miguel Ángel Ramírez, presidente de la Unión Deportiva Las Palmas, favoreció a su pareja, el periodista Carlos Sosa, con quien Ramírez negociaba la compra de una emisora de radio por cerca de 300.000 euros. La Fiscalía considera que el ministro en funciones carece de legitimación para acusar en relación con estos hechos.

Para el Ministerio Público, Soria no ha acreditado lo suficiente en su querella la existencia de delitos e injurias y calumnias que la juez habría cometido al acusar al ministro en funciones de «manipular» e «instrumentalizar» a la Fiscalía para perjudicarle en la contienda electoral. El fiscal dice que el titular de Indutria en funciones no aporta «ningún elemento o principio de prueba que avale razonablemente su realidad», por lo que esa ausencia de elemento de prueba debe conducir a la inadmisión de la querella.

La Fiscalía del Supremo entiende que en un contexto de confrontación electoral (en el marco de la cual Rosell habría acusado a Soria de emprender una campaña contra ella), las manifestaciones publicadas «no pueden ser consideradas un atentado al honor o dignidad del querellante, ni tampoco un delito de calumnias pues no se imputa formalmente la comisión de ilícito penal alguno».

Archivo de una queja

Respecto a la paralización o retraso intencional de la causa abierta contra Ramírez para presuntamente favorecer a su propia pareja, la Fiscalía recuerda que el Consejo General del Poder Judicial ya archivó una queja en este sentido. «El simple retraso no revela, por sí mismo, un ánimo malicioso por más que no se haya empleado toda la diligencia necesaria en el cumplimiento del deber. No se aporta un mínimo principio de prueba que acredite ese elemento subjetivo, debiendo remitirse la conducta a la esfera sancionadora que ya se ha pronunciado».

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