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El expresidente de la Generalitat, Artur Mas, abraza a la presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell - EFE
Tribunales

La Fiscalía General descarta que la querella contra Forcadell desate la rebelión de los fiscales catalanes

El proceso contra Artur Mas provocó la dimisión de Torres-Dulce; en esta ocasión todos aprecian en la conducta de la presidenta del Parlament una «desobediencia de manual»

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La decisión está tomada desde hace días y se materializará a lo largo de esta semana en forma de querella. La fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, ha ordenado al fiscal superior de Cataluña, José María Romero de Tejada, que abra una causa penal contra la presidenta del Parlamento autonómico, Carme Forcadell, por los delitos de prevaricación y desobediencia. Madrigal dio traslado ayer a su subordinado del auto del Tribunal Constitucional del pasado 6 de octubre en el que el órgano de garantías instaba a la Fiscalía a actuar contra ella por el incumplimiento de sus resoluciones. En concreto, por su «decisiva participación» en la modificación del orden del día del Pleno que posibilitó la aprobación de las conclusiones de la comisión de estudio constituyente, prevista en la hoja de ruta independentista.

Como informó ABC, desde aquella deducción de testimonio contra la presidenta de la Cámara autonómica, desde la Fiscalía General del Estado se ha estado estudiando la viabilidad del cauce penal en coordinación con los fiscales del TSJ de Cataluña, de forma que la instrucción concreta para la interposición de esta querella se da de forma consensuada con la fiscalía catalana y en virtud del artículo 25 del Estatuto Orgánico del Ministerio Público. Este artículo prevé que el fiscal general pueda impartir a sus subordinados «las órdenes e instrucciones convenientes al servicio y al ejercicio de las funciones, tanto de carácter general como referidas a asuntos específicos».

Advertencias claras

Aun así, no se espera ninguna rebelión por parte de los fiscales de Cataluña como la que motivó la querella contra Artur Mas y sus entonces consejeros por desobediencia el 9-N y que desembocó en la dimisión del entonces fiscal general, Eduardo Torres Dulce. Y ello porque fuentes de la Fiscalía confiesan que en esta ocasión se aprecia de forma unánime que Forcadell incurrió en una «desobediencia de manual». A pesar de las advertencias contenidas en anteriores resoluciones –debía «abstenerse de realizar cualquier actuación tendente a dar cumplimiento» a la resolución rupturista y «paralizar cualquier iniciativa que directa o indirectamente supusiera eludir» el mandato del TC–, Forcadell accedió a someter al Pleno la votación de la propuesta que llevaron a cabo dos grupos parlamentarios. Dicha actuación constituye «un incumplimiento objetivo de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir los mandatos» del Tribunal, «deber del que se le advirtió de manera expresa, en su calidad de Presidenta del Parlamento y bajo su responsabilidad».

La actuación presidenta del Parlamento no «venía obligada por un cumplimiento escrupuloso del Reglamento», tal y como alegó Forcadell en el informe remitido al TC y que intentará hacer valer ahora ante el TSJC, sino que fue una actuación intencionada y a sabiendas de que estaba incurriendo en un delito. Fuentes del Ministerio Público aseguran que al margen de esa desobediencia a la que ya alude de forma explícita el TC, «el hecho de someter al Pleno una resolución en la que aboga por la ruptura del orden constitucional constituye directamente una prevaricación», un delito que al igual que el anterior, no está penado con cárcel pero sí con inhabilitación.

Caso Atutxa

Adelantándose a la previsible línea de defensa de Forcadell, la Fiscalía argumentará en su querella que no vale ampararse en la inviolavilidad parlamentaria para justificar su actuación. Así, elMinisterio Público aludirá a la doctrina del TC –la sentencia del caso Atutxa, entre otras–, para recordar que es cierto que esa inviolabilidad protege opiniones y voto, pero «no la tramitación y acuerdos que se adopten en el seno de un procedimiento» cuando el contenido de las propuestas es manifiestamente ilegal. «Las disposiciones reglamentarias de las Cámaras no pueden contradecir el imperio de la Constitución como norma suprema, ni ser interpretadas de forma que entren en contradicción con los pronunciamientos» del Tribunal Constitucional, ha dicho el propio órgano.

Una vez admitida la querella, fuentes de la Fiscalía auguran una fase de instrucción «muy corta» porque «todo está muy documentado».

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