El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo presentado por Meritxell Borràs contra la sentencia del 'procés' dictada por el Tribunal Supremo de 14 de octubre de 2019 y que la condenó por un delito de desobediencia a la pena de multa de 10 meses, con una cuota diaria de 200 euros. La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Cándido Conde-Pumpido, avala así la competencia del Tribunal Supremo para juzgar el desafío secesionista dada la condición de aforados de los encausados y a que parte de esos hechos fueron cometidos en el extranjero, donde los miembros del Govern que presidía Puigdemont extendieron su propaganda prorreferéndum.
En la deliberación de la sentencia ya no ha intervenido el magistrado Antonio Narváez, a quien los presos del «procés» consiguieron apartar de estos recursos por unas declaraciones en las que en el transcurso de una conferencia, se calificó el «procés» de «golpe de Estado». Este magistrado, exfiscal del Supremo, se apartó de este asunto voluntariamente el martes ante la posibilidad de que el Pleno se viera dividido ante esta recusación.
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