Elecciones Generales 2019

Todo lo que tienes que saber para solicitar el voto por correo en las elecciones generales

El plazo para pedir la documentación necesaria para ejercer el derecho al sufragio es desde el 5 de marzo al 18 de abril

El conjunto de papeletas de las elecciones europeas de 2014 ABC

S.E.

¿Necesitas pedir el voto por correo porque no te encuentras en tu lugar de residencia? No es difícil, pero hay que seguir unos pasos, según establece la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), que a continuación te vamos a enumerar y explicar. El plazo de solicitud del voto por correo va desde la fecha de la convocatoria de las elecciones hasta diez días antes de la votación. Por tanto, en esta ocasión los tiempos son desde el 5 de marzo al 18 de abril.

Impresos de solicitud

Según la LOREG, el primer paso es rellenar los impresos de solicitud de voto por correo. Estos documentos están a disposición de los votantes en las oficinas postales de toda España. Tras rellenar los datos del documento de solicitud del voto por correo se debe entregar en cualquier oficina de Correos. Para ello es necesario que el ciudadano exhiba el DNI original (Importante: no sirve un resguardo de un documento de identidad en trámite), el carnet de conducir o el pasaporte . Sí que serán válidos los documentos aunque estén caducados, pero, aseguran en la web de Correos, que lo importante es que sean originales y no fotocopias . Para realizar se tiene de plazo desde el 8 de abril hasta el 21.

Decidir y enviar el voto

Una vez solicitado el voto llega la segunda parte . La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral tendrá que remitir la documentación necesaria para que el elector pueda emitir su sufragio. La entrega de esta documentación se realizará en el domicilio que haya registrado en la solicitud o, en el caso de que la persona no se encuentre en su residencia tras dos intentos, se remitirá a la oficina postal que corresponda.

Allí, una vez recogida la documentación solo queda elegir el sentido del voto. Según explican en la web de Correos, el votante entregará en la oficina postal el sobre con el modelo oficial dirigido a la mesa electoral, que contendrá en su interior el certificado de inscripción en el censo electoral y el de votación en el que se incluirá la papeleta que haya elegido. El envío será cursado como correo certificado y urgente. Y la fecha límite sería el 24 de abril.

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