Correos contratará a 4.050 personas para las elecciones del 10-N

La empresa formalizará esos contratos de refuerzo «tanto para las funciones de reparto como para la atención a los ciudadanos en las oficinas»

ABC

Correos reforzará su plantilla para las elecciones generales del 10 de noviembre con 4.050 contratos para facilitar el correcto desarrollo de las actividades relacionadas con los comicios del próximo 10 de noviembre y el voto por correo. En concreto, la comunidad que más refuerzo obtendrá será Andalucía (736 nuevos contratos), seguida por Madrid (704) y Cataluña (623). [ Aquí puede consultar el desglose por comunidades ]

Estos nuevos contratos se encargarán tanto de reparto como de atención a los ciudadanos en las oficinas , y tienen como objetivo, según ha comunicado la propia empresa, garantizar «el cumplimiento de todas las obligaciones de servicio público que le son encomendadas durante los procesos electorales».

La gestión del voto por correo incluye la admisión de las solicitudes, su entrega en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, la entrega en mano de la documentación electoral remitida por el Censo a los solicitantes, así como la admisión del voto por correo y su custodia en las oficinas de destino hasta su entrega durante la jornada electoral en las mesas electorales correspondientes.

Además de la gestión del voto por correo (una opción que los ciudadanos podrán solicitar hasta el próximo 31 de octubre), la colaboración de la empresa en las elecciones se extiende al reparto de las tarjetas censales y a los envíos de propaganda electoral.

Correos se encarga asimismo de las comunicaciones a los miembros de las mesas electorales , el envío a los ayuntamientos de la lista del censo o la recogida de documentación el día de las elecciones.

Plazos del voto por correo

Los ciudadanos que quieran votar por correo en las Elecciones generales pueden solicitar hasta el día 31 de octubre (inclusive), en cualquier oficina de Correos de España, el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.

Esta solicitud debe ser realizada personalmente por cada elector , salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial-, que le impida la formulación personal de dicha petición, en que podrá ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente. En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.

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