Elecciones Andalucía 2022: Así pueden votar los invidentes el 19J

En las mesas electorales deberá haber «un listado con el DNI de los electores con discapacidad visual incluidos en el censo»

Elecciones en Andalucía: guía con todo lo que hay que saber antes del 19 de junio

Una persona invidente leyendo en Braille ABC

S. A.

Las personas ciegas que acudan el próximo 19 de junio a votar en las elecciones al Parlamento andaluz convocadas para ese día recibirán, si lo han solicitado previamente, «un maletín o carpeta rígida» con una guía explicativa y material para ejercer su derecho al voto en braille.

Así se recoge en el manual de instrucciones sobre las funciones que han de desempeñar los miembros de las mesas electorales en las elecciones al Parlamento de Andalucía del día 19 de junio de 2022 que aprobó el pasado martes, 17 de mayo, el Consejo de Gobierno andaluz, y al que ha tenido acceso Europa Press.

Dicho documento incluye información sobre el procedimiento de votación accesible para «las personas con discapacidad visual conocedoras del sistema braille».

Al respecto, se recuerda en este manual de instrucciones que «puede ocurrir» que a una mesa electoral puedan acudir personas que hayan solicitado «la utilización del procedimiento de voto accesible».

La mesa deberá entonces, según continúa el documento, comprobar «la identidad del elector o electora y su inclusión en la lista de las personas que han comunicado su intención de utilizar este procedimiento« , de la que habrá una copia en la propia mesa.

«Una vez realizada dicha comprobación», la persona que presida la mesa, o un vocal, «le entregará al elector la correspondiente documentación del procedimiento de voto accesible«, con »unas instrucciones explicativas sobre su utilización, impresas en sistema braille«.

El documento aprobado por la Junta aclara que en las mesas electorales deberá haber «un listado con el DNI de los electores con discapacidad visual incluidos en el censo« de cada una ellas que hayan »solicitado la utilización« de ese procedimiento accesible, y »un maletín o carpeta rígida que habrán de entregar los miembros de la mesa a cada elector o electora incluido en dicho listado«.

Dicho maletín o carpeta debe incluir «una guía explicativa en braille sobre cómo utilizar la documentación contenida» en el mismo; «un sobre estándar de votación -no rotulado en braille-», y «un sobre grande que incluirá un sobre pequeño por cada candidatura que concurra a las elecciones«, con una etiqueta pegada »en la que constará, en tinta y en braille, la denominación« de la misma.

Por otro lado, la mesa «indicará y facilitará» a estos electores «el acceso al espacio del local electoral habilitado para el manejo de la documentación entregada«, donde »debe haber una mesa y una silla a disposición del elector/a«.

Finalmente, una vez que el elector/a « haya seleccionado su opción de voto, se seguirá el mismo procedimiento de votación descrito para el resto de los electores«, según relata la guía aprobada por el Consejo de Gobierno.

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