Elecciones Andalucía 2022

¿Cuáles son mis derechos si me toca mesa electoral el 19-J?

A partir de este viernes se realizan los sorteos públicos para constituir las mesas electorales; conoce todas tus obligaciones y derechos si eres designado vocal o presidente

Cuándo y cómo sabré si me va tocar estar en una mesa electoral el 19J

Ser miembro de una mesa electoral conlleva una serie de obligaciones, pero también derechos EFE/Carrasco Regel

R. V.

Desde este viernes 21 de mayo y hasta el 25 del mismo mes los ayuntamientos de la comunidad autónoma han de realizar el sorteo público para la constitución de las mesas electorales de las próximas elecciones de Andalucía del 19 de junio . Tres años y medio después, los andaluces mayores de 18 años están de nuevo citados ante las urnas para elegir a sus representantes, tras una legislatura dirigida por el llamado Gobierno del cambio surgido de los comicios del 2 de diciembre de 2018.

Para este 19-J se necesitarán 30.561 personas que constituyan 10.187 mesas electorales y encargadas de controlar el desarrollo de la votación y realizar el recuento y el escrutinio. Aunque, en realidad, este número de convocados hay que multiplicarlo por tres, ya que se designarán dos suplentes por cada miembro de la mesa, (dos por cada uno de los vocales y otros dos para el presidente o presidenta).

Cabe recordar que, según establece la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) en su artículo 143, quienes hayan sido designados para una mesa electoral y no acudan o abandonen sus funciones sin una causa justificada que igualmente permite la ley, podrían incurrir en la pena de privación de libertad de 14 a 30 días y una multa de dos a diez meses.

Mesa electoral en unas elecciones de Andalucía EFE/Julio Muñoz

Todos los llamados deberán presentarse el día de las elecciones, el 19 de junio , a su correspondiente colegio electoral a las 8 de la mañana (una hora antes de la apertura de las urnas). Incluso si es suplente, en cuyo caso se podrá ir después de que quede constituida la mesa con los miembros titulares y no se necesite su presencia.

Estas obligaciones vienen acompañadas de unos derechos para los miembros definitivos de la mesa , esto es, los titulares oficiales y/o aquellos suplentes que, en ausencia de alguno de los anteriores, hayan adquirido el cargo de titular. Estos derechos podrían resumirse en tres: dieta, jornada de trabajo y protección en el sistema de la Seguridad Social.

¿Qué cuantía se recibe en concepto de dieta?

De acuerdo al Decreto 192/2018 de 23 de octubre , los miembros de cada mesa electoral percibirán una dieta de 65 euros . Esto es la misma cantidad que recibieron quienes participaron en la jornada electoral de diciembre de 2018.

Jornada laboral y día siguiente

Las personas que no disfruten de descanso semanal el día de las elecciones, esto es, el domingo 19 de junio, y acrediten la condición de miembros de mesa electoral o interventores, tienen derecho a disfrutar de un permiso retribuido correspondiente a la jornada completa de dicho día. Además, también podrán acogerse a la reducción de cinco horas de la jornada laboral del día posterior a los comicios, igualmente, con derecho a retribución. Dichos permisos, de carácter no recuperable, serán retribuidos por la empresa una vez justificada la actuación como miembro de mesa o intervención.

[[Ya se puede pedir el voto por correo para las elecciones del 19-J]]

Protección de la Seguridad Social

Quienes formen parte de una de las más de 10.000 mesas electorales que se constituirán el próximo 19 de junio estarán, además, protegidos por el sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que puedan derivarse de su participación en la jornada.

Esto es, están protegidas de todos los riesgos que se deriven de su condición de miembro, titular o suplente, de una mesa electoral y tengan relación directa con el desempeño de sus funciones, incluido el accidente «in itinere» , teniendo las lesiones que pudieran sufrir, la consideración de accidente de trabajo.

Las prestaciones a las que se tiene derecho son la asistencia, sanitaria, prestaciones complementarias, prestaciones económicas y servicios sociales.

Sorteo y miembros de una mesa electoral

Así, las cosas, estos días deberá estar pendiente por si es convocado para formar parte de una mesa electoral del próximo 19 de junio. Como ya destacamos al comienzo de esta información, el sorteo público realizado por los ayuntamientos se celebrará entre el 21 y el 25 de mayo. Cada consistorio notificará a los elegidos su condición en los tres días siguiente al sorteo y le tendrá que enviar el manual de instrucciones. Hay ayuntamientos que publican las listas de los miembros de las mesas electorales para que los ciudadanos puedan consultarlas, aunque tampoco están obligados por ley a hacerlo.

A partir de ser notificado, el interesado dispondrá de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada que le impida la aceptación del cargo. La Junta resolverá, sin posterior recurso posible, en un plazo de cinco días y comunicará, en su caso, la sustitución producida a la persona prevista como primer suplente.

( Consulte aquí las causas justificadas que impiden aceptar el cargo de vocal o presidente en una mesa electoral).

No todos los andaluces con derecho a voto deben aguardar al sorteo para las mesas electorales. Según recoge la ley, el presidente y los vocales de cada mesa son designados por sorteo público entre la totalidad de las personas incluidas en la lista de electores de la mesa correspondiente, que sepan leer y escribir y sean menores de setenta años, si bien a partir de los sesenta y cinco años podrán manifestar su renuncia en el plazo de siete días. El presidente, en su caso, deberá tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo Grado, o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente.

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