Imagen de archivo de varios concejales del PP de Valencia
Imagen de archivo de varios concejales del PP de Valencia - ROBER SOLSONA

Caso TaulaLa UCO atribuye «delito electoral continuado» al PP de Valencia por los gastos de las campañas

El informe de la Guardia Civil apunta como responsables a la Junta Directiva del partido, al Comité Ejecutivo y a los concejales

El documento recoge que los partidos no pueden aceptar que terceros asuman de forma efectiva el coste de sus gastos

El PP de Valencia, señala la UCO, incumplió tanto la normativa interna como la ley de financiación

VALENCIA Actualizado: Guardar
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«Delito electoral continuado con una unidad de propósito que respondía a un plan previamente concebido, ejecutándose principalmente coincidiendo con los períodos electorales y de forma similar». Se trata de la conclusión principal a la que llega la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en un informe remitido al juzgado que investiga el presunto blanqueo de 50.000 euros en el seno del PP del Ayuntamiento de Valencia durante las pasadas elecciones municipales.

El dossier considera acreditada la financiación irregular del partido, aunque tendrá que ser el juez Víctor Gómez quien en última instancia resuelva esta cuestión. Lo cierto es que este documento se ha convertido en una de las pruebas principales junto a los testimonios de los cuatro asesores que admitieron que les pidieron que realizaran un donativo y se le devolvería en efectivo; y la conversación telefónica de la exconcejal de Cultura, María José Alcón, con su hijo, en la que le relataba abiertamente todo el «dinero negro» que se movía en el grupo.

La UCO entiende que las infracciones son constitutivas de delitos electorales, relativos a los comicios de 2011 y 2015. El grupo municipal popular, expone el documento, fue usado como medio «para velar que terceros, empresarios o no», asumieran «de forma efectiva» el coste de adquisiciones que generaba la promoción política del PP de la ciudad de Valencia, mediante entregas de dinero en efectivo, sobre todo cerca de elecciones. Una práctica que es considerada ilegal por la falta de control.

Esas entregas eran ingresadas personalmente por la que fuera secretaria del grupo, Mari Carmen García Fuster, en una cuenta que «no era fiscalizada ni fiscalizable», y se utilizaban para gastos electorales, «obviando de manera buscada» la aplicación de la ley con el objetivo de superar los techos de gasto recogidos en ella. El dossier diferencia en este punto entre el funcionamiento del partido y el del grupo municipal a raíz de la declaración del representante jurídico, Jorge Carbó, quien aseguró ante el juez que «hay una instrucción para que no se admitan donativos en campaña» y que «existeuna cuenta específica para donaciones», siendo el partido el que tiene que contratar y pagar esos gastos.

Así, el documento policial considera que el PP de Valencia incumplió de manera «buscada» tanto la normativa interna, que obliga a contar con un presupuesto anual y con un presupuesto especial en elecciones, como la regulación legal de la financiación de los partidos.

«Artificio»

El artificio puesto en marcha por la formación a nivel local, según la UCO, es el siguiente: un recaudador anónimo recoge distintas cantidades en efectivo entre personas no identificadas, principalmente en fechas próximas a las elecciones, siendo entregadas a la secretaria del grupo que personalmente lo ingresa en efectivo en una cuenta titulada por el propio grupo de la que es autorizada, evitando el uso de las específicamente establecida para ese fin tanto por la LOREG como por la LOFPP, sufragando con dichos fondos gastos electorales propios del partido y no los gastos de funcionamiento del grupo municipal popular.

En este aspecto entrarían las anotaciones en la libreta de Mari Carmen García Fuster, que hacen referencia a donaciones de «colaboradores y allegados» desde 2006 y que coinciden en el tiempo con los presuntos amaños de contratos públicos investigados en la pieza principal del caso Taula, todavía bajo secreto de sumario en su mayor parte.

Trasgos

Como ejemplo de gasto electoral apuntan a la facturación de Trasgos, la agencia de publicidad que se encargó de las campañas de la exalcaldesa de Valencia, Rita Barberá. Los pagos a esta empresa fueron recogidos en el libro de contabilidad de García Fuster. Si se suman las cifras de esta libreta, la cantidad declarada asciende a 167.678 euros. Ésta no fue comunicada al Tribunal de Cuentas, cuando la ley establece que así sea si los gastos electorales de los partidos superan los 10.000 euros. Nada se trasladó tampoco al partido.

Responsabilidades

La UCO apunta directamente a los órganos responsables de todo este entramado: la Junta Directiva del PP de Valencia, que «difícilmente puede desconocer» todos estos hechos, y el Comité Ejecutivo del PP de Valencia, puesto que no elaboraban ni aprobaban presupuesto alguno, pero se hacían campañas y afrontaban gastos que requerían de ingresos.

Pero también a personas: todos aquellos que participaron en el supuesto blanqueo de capitales. Debe valorarse si procede incluir, indican, «a aquellos que, sin reunir las condiciones establecidas en la LOREG, deban considerarse inductores, cooperadores necesarios o cómplices en los hechos, para lo que cree que debe tenerse en cuenta la existencia de determinados cargos orgánicos del PP de la ciudad que permiten conocer la existencia de las dinámicas que se han puesto de manifiesto y colaborar con ellas».

Sobre este asunto, el documento policial vuelve a señalar que, entre los hechos que lo demuestran, se encuentran documentos y comunicaciones intervenidas que «evidencian la efectiva recepción de billetes de 500 euros en efectivo por parte de determinadas personas que se prestaron a realizar la transferencia de 1.000 euros al grupo municipal popular», aparte del relato de María José Alcón. El informe hace mención expresa a las conversaciones de Whatsapp entre asesores municipales que pondrían de manifiesto esta supuesta operativa.

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