Alicante

Confirmados los 20 años de cárcel a un hombre que asesinó a su tía abuela estrangulándola

El TSJCV desestima el recurso de apelación del condenado y no reduce su pena de prisión porque mató a la anciana en su domicilio

Edificio de la Audiencia Provincial de Alicante JUAN CARLOS SOLER

ABC

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV ) ha confirmado la condena de 20 años y 3 meses de prisión impuesta a un hombre que asesinó a su tía abuela en Alicante estrangulándola con el cable de una lámpara.

La sentencia, hecha pública este lunes, desestima el recurso de apelación del acusado , Félix R.S. contra el fallo dictado el pasado mes de octubre por la Audiencia de Alicante, después de que un jurado le declarara culpable de un delito de asesinato y otro de hurto.

Durante juicio, el procesado reconoció la autoría del crimen , aunque alegó que había sido la propia víctima, de 88 años, quien le había pedido que acabase con su vida por los problemas de salud que padecía.

Los hechos ocurrieron el 5 de octubre de 2016, en el piso que el acusado y la víctima compartían en la calle Pintor Aparicio, en la capital alicantina. Félix R.S. estranguló a su tía abuela, Isabel A.M., con el cable eléctrico de una lámpara mientras ella esperaba sentada en su mecedora a que le llevara el desayuno, según la sentencia.

El acusado dejó su cadáver en el domicilio, robó 300 euros, unas joyas y un televisor propiedad de la víctima, pero se entregó cinco días más tarde y confesó los hechos en una comisaría del Cuerpo Nacional de Policía.

La magistrada que dirigió el juicio con jurado, Ana Hoyos, aplicó al asesino la atenuante de confesión, pues esta fue "oportuna, facilitó significativamente la investigación y fue persistente y veraz en cuanto al reconocimiento de los hechos".

Condena sin rebajas

Sin embargo, le impuso 20 años por el crimen, como pedía la fiscalía, y no 15, como reclamaba la defensa, "atendiendo a la gravedad de los hechos y a que los mismos se produjeron en el domicilio de la víctima".

La juez determinó que la anciana estaba muy "deteriorada por la edad y las dolencias propias de la misma" , unas circunstancias que fueron "aprovechadas" por su sobrino para quitarle la vida sin darle posibilidad a defenderse.

Además de la pena por el asesinato, el procesado fue condenado a otros tres meses de cárcel por un delito de hurto por los objetos que sustrajo tras el crimen.

El TSJCV entiende que la sentencia apelada justifica sobradamente el que no se rebajara en otro grado, cinco años, la pena por asesinato en aplicación de la atenuante de confesión.

Esa reducción no es obligatoria, sino una facultad potestativa del juzgador, que en este caso decidió no aplicarla porque Félix R.S. era "el propio cuidador" de la víctima y ejecutó el crimen en el "propio domicilio" que compartía con ella.

Además, aunque se entregó a la Policía y eso aceleró la investigación, todos los indicios apuntaban a que él era el autor y habría acabado siendo descubierto, según la Sala de lo Civil y Penal del tribunal autonómico.

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