Horrach y Castro, en una imagen de archivo
Horrach y Castro, en una imagen de archivo - EFE
JUICIO DEL CASO NÓOS

El enfrentamiento entre el juez y el fiscal marcó el final del caso

La imputación de Doña Cristina desató las hostilidades entre Castro y Horrach

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La instrucción del caso Nóos ha sido larga -más de cinco años-, compleja, tensa y, en la última fase, la correspondiente a la investigación de la Infanta Cristina, marcada por el enfrentamiento entre el juez instructor, José Castro, y el fiscal Anticorrupción, Pedro Horrach, que en contra de la opinión pública mayoritaria ha sido quien de verdad planificó, coordinó y ejecutó una investigación histórica como esta.

La batalla de la opinión pública lo ganó, sin ninguna duda, el magistrado, quien remaba a favor de corriente, ya que en un contexto de crisis brutal y corrupción política como el que atravesaba España, este caso era visto como un ejemplo de lo que había que hacer para acabar con esas lacras. Horrach, por su parte, defendió con contundencia sus posiciones, soportando acusaciones de que seguía dictados políticos unas veces, y otras escuchando que su actuación iba a ser recompensada con cargos de relumbrón, un puesto en el Tribunal de La Haya.

Ni una cosa ni la otra era cierta.

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Revolcón de la Audiencia

La batalla jurídica, sin embargo, no fue tan favorable a Castro, que tuvo que ver cómo la Audiencia de Palma echaba por tierra su primera imputación a la Infanta, en la que sostenía que ésta era plenamente consciente y cooperadora de las actividades presuntamente irregulares de Iñaki Urdangarín, aunque en un ejercicio de equilibrio difícilmente comprensible le abría la puerta a seguir investigando solo por delito fiscal y blanqueo.

El magistrado se empleó a fondo en esta vía y alargó un año más la instrucción para tratar de imputar por todos los medios a Doña Cristina dos delitos fiscales por cooperación necesaria, aunque para ello tuviera que abrazar las tesis del perito de Manos Limpias y desechar los argumentos no ya del fiscal, sino incluso los de los expertos de la Agencia Tributaria asignados a su juzgado en funciones de auxilio judicial. Ello, a pesar de que este técnico, en una insólita comparecencia ante el juez Castro, se había definido a sí mismo como un «mercenario jurídico tributario»...

El enfrentamiento entre ambos, que hasta entonces habían funcionado como un tándem perfectamente engrasado -Castro se llevaba la fama y Horrach trabajaba en la sombra-, alcanzó cotas sin precedentes. A la primera imputación del juez a la Infanta, el fiscal respondió que el magistrado se basaba en «indicios equívocos, inocuos» y en «sospechas personales», en un recurso en el que además ponía sobre la mesa las contradicciones en las que había incurrido respecto a su postura de hacía solo unos meses.

«El auto que se impugna -escribió Horrach en abril de 2013- se basa esencialmente en los mismos hechos que expuso la acusación popular para solicitar la imputación, y que fueron desestimados (por el juez primero, y la Sala después) por inconsistentes y débiles (...) No alcanza este fiscal a comprender por qué solo unos meses más tarde se apela a los mismos hechos y datos para sustentar la conclusión contraria».

A partir de ese recurso, y sobre todo después de que la Audiencia diera parcialmente la razón a Horrach porque los indicios contra la Infanta eran «débiles», «inconsistentes» y equívocos, se abrieron definitivamente las hostilidades, que alcanzaron su máxima expresión con los recursos e informes presentados por el fiscal ante Castro, luego contestados por éste.

Choque total

El momento más caliente se produjo en junio de 2014, con el recurso presentado por Horrach contra la imputación formal de la Infanta. «Cuando el puerto de destino está determinado antes de iniciar la investigación, basado en meras conjeturas, contamina de tal forma la marcha exploratoria que la convierte en un itinerario inamovible, en el cual los parámetros de imparcialidad, objetividad y congruencia quedan relegados». La respuesta de Castro: «Cuando se afirma categóricamente que una determinada resolución obedece a motivaciones ajenas a la legalidad (...) sin que lo exija el guión (...) es que se están perdiendo las formas».

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