El extesorero del PP, Luis Bárcenas, atiende en el juicio laboral que le enfrentó a la formación política
El extesorero del PP, Luis Bárcenas, atiende en el juicio laboral que le enfrentó a la formación política - ignacio gil

La Audiencia Nacional confirma la fianza de 88,8 millones a Bárcenas por Gürtel

El tribunal explica que la medida cautelar es ajustada a la ley y que no se puede recurrir el auto de apertura de juicio oral

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El extesorero del Partido Popular, Luis Bárcenas, tiene que abonar un fianza de 88,8 millones de euros por el caso Gürtel, aunque le pese. La Audiencia Nacional ha rechazado su recurso contra la medida cautelar adoptada por el juez José de la Mata porque, entre otras razones, no se puede recurrir el auto de apertura de juicio oral. El juicio comenzará en el año judicial recién empezado.

La sección cuarta de la Sala de lo Penal rechaza la pretensión de la defensa del extesorero en un auto, de cinco páginas, en el que explica que el juez instructor de la causa fijó la cantidad de 88,8 millones según los criterios legales, «sin atisbo alguno de actuación arbitraria, irrazonada y no ponderada».

La cuantía cubre las posibles responsabilidades civiles de Bárcenas (11,5 millones), las multas (55,1 millones), y el tercio legal que se añade por ley, previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La defensa de Bárcenas calificaba la fianza de «desorbitada», criticaba la «ausencia de ponderación» del juez par establecer la cantidad y solicitaba que se limitase a los 11,5 millones de posible responsabilidad civil, más el tercio que suma la normativa. También alegaba indefensión por desconocer el criterio utilizado por el magistrado para asignar las cifras.

Los magistrados, quienes tachan de «peculiar» la interpretación que hace de la ley el abogado del extesorero, añaden que De la Mata actuó «lícitamente en el marco de las obligaciones impuestas» para dictar el auto de apertura de juicio oral, con las peticiones de las acusaciones. La Fiscalía solicita 42 años de cárcel para Bárcenas, en concreto, por un rosario de delitos.

La Sala de lo Penal recuerda, además, y ya es la segunda vez que lo hace dentro del caso Gürtel, que el auto de apertura del juicio oral no se puede recurrir. «Contra el auto de apertura de juicio oral no se dará recurso alguno, con la salvedad de lo relativo a la situación personal», aseguran los magistrados, quienes añaden que Bárcenas puede presentar estas alegaciones en el momento del juicio.

Esta causa investiga la existencia de una red de corrupción, liderada por el empresario Francisco Correa, que se dedicó a obtener adjudicaciones públicas de forma irregular a cambio de pagos a autoridades con capacidad de influencia. El Partido Popular será juzgado como posible partícipe a título lucrativo; es decir, por haberse podido lucrar de la trama sin conocer el origen delictivo del dinero.

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