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El juez José Castro, a su llegada a los Juzgados de Palma de Mallorca - EFE
CASO NÓOS

El juez Castro envía a juicio a la Infanta Cristina por dos delitos fiscales

El instructor del «caso Nóos», en su auto de apertura de juicio oral, decide no aplicar la doctrina Botín

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El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, ha acordado sentar en el banquillo de los acusados a la Infanta Cristina como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales. El instructor del «caso Nóos» considera que el papel de Doña Cristina fue imprescindible para que su marido, Iñaki Urdangarín, defraudase hasta 337.138 euros a Hacienda a través de Aizoon, empresa presuntamente «pantalla» de la que ambos son propietarios. [ Consulta el auto del juez Castro (PDF)]

Así lo ha decidido en el auto de apertura de juicio oral del caso Nóos, que ha dictado este lunes y en el que finalmente ha resuelto no aplicar sobre la Duquesa de Palma la denominada doctrina Botín, que impide juzgar a alguien si únicamente le acusa quien ejerce la acción popular, en este caso Manos Limpias, que solicita ocho años de cárcel para la Infanta.

Por su parte, ni la Fiscalía Anticorrupción ni el perjudicado por los delitos presuntamente cometidos, la Agencia Tributaria, apuntan a la existencia de indicios criminales sobre Cristina de Borbón. En su resolución judicial, Castro apunta que la Infanta contribuyó, como socia de Aizoon, a que Urdangarín facturase a través de esta sociedad, como si de rendimientos de actividades económicas se tratasen, y no personales, las retribuciones que cobró de numerosas entidades privadas de las que era consejero asesor, y de este modo tributar menos en su declaración de la renta de 2007 y 2008.

Para justificar su petición de ocho años de cárcel —cuatro por cada uno de los dos delitos fiscales—, Manos Limpias considera que la Duquesa incurrió en una agravante, y fue la de haber interpuesto una sociedad para ocultar la verdadera identidad de los obligados tributarios.

De hecho, Manos Limpias, al igual que la Fiscalía, considera que Aizoon era una de las mercantiles ficticias que integraban el entramado societario presuntamente urdido por Urdangarín y su exsocio Diego Torres con el objetivo de desviar los fondos obtenidos por el Instituto Nóos desde las Administraciones públicas. Mediante esta trama ambos se habrían apoderado de hasta 6,2 millones de euros de Baleares, Comunidad Valenciana y Madrid.

Más «garante» con la Infanta

El juez instructor del caso Nóos, José Castro, subraya en el auto que ha sido «aún más garante» con la presunción de inocencia de la Duquesa que con los demás imputados, a pesar de que «a los cuatro vientos se ha aireado que esa presunción no existe en España» y cuya «conculcación» también ha proclamado la Fiscalía Anticorrupción.

En su resolución judicial, el juez recalca que la presunción de inocencia «no estriba en cerrar los ojos ante las sospechas que puedan darse sobre la comisión de un delito, sino en continuar la investigación hasta que aquéllas se desvanezcan o se tornen en indicios racionales».

En este último caso, señala que los indicios han adquirido «la condición de pruebas» después de que a la Infanta se le haya dado la oportunidad de que, «con instrucción y observancia de sus derechos», facilitase las explicaciones que se le han pedido, éstas hayan sido valoradas y se haya posibilitado que las partes acusadoras ejercieran frente a ellas su acción penal.