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La Infanta Cristina, en una imagen de archivo - afp
Caso Nóos

Claves para entender el fallo de la Audiencia sobre la imputación de la Infanta

La Audiencia Provincial de Baleares decide sobre el recurso presentado por el abogado de Doña Cristina por su imputación

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La Audiencia Provincial de Baleares decide este viernes, sobre el recurso presentado por el abogado de la Infanta Doña Cristina en contra de su imputación en el «caso Nóos». Tras la correspondiente deliberación y votación, la decisión del tribunal será definitiva y determinará si la hermana del Rey se sienta en el banquillo por dos presuntos delitos fiscales y otro de blanqueo de capitales. Los seis magistrados que componen la Sala decidirán de esta forma si mantienen la imputación de la Infanta o no.

¿Cuándo finalizará la instrucción del caso Nóos?

A partir del momento en que la Audiencia de Palma se haya pronunciado sobre los 14 recursos presentados al auto de pase a procedimiento abreviado del juez instructor, Castro dictará entonces una resolución definitiva instando de nuevo a todas las partes personadas a que, en el plazo de diez días, presenten sus escritos de acusación.

Pasado ese plazo, el juez dictará el auto de apertura de juicio oral del caso Nóos.

¿Cuáles son los argumentos de la defensa de la Infanta?

La defensa de la Infanta, el fiscal Anticorrupción Pedro Horrach y la Abogacía del Estado han entregado sendos recursos oponiéndose a esta imputación. El gabinete que dirige Miquel Roca hace referencia a la «ausencia de indicios racionales que avalen la verosimilitud de dichas imputaciones», mientras que Horrach afirmaba en su alegación que «cuando el puerto de destino está determinado antes de iniciar la investigación, basado en meras conjeturas, contamina de tal forma la marcha exploratoria que la convierte en un itinerario inamovible».

¿Cuál es la postura de la Abogacía del Estado?

La Abogacía apunta a que la argumentación expuesta por el juez en relación a la actuación de la Infanta no tendría «amparo legal». En este sentido, la acusación particular reitera que sólo los dos antiguos máximos responsables del Instituto Nóos, Iñaki Urdangarín y Diego Torres, habrían cometido un presunto delito fiscal. En la misma línea, la Abogacía insiste en el hecho de que ser cotitular de Aizoon no convertiría a la Infanta en «partícipe» de los supuestos delitos que su esposo, administrador de la mercantil, «haya cometido en su esfera privada, como es su propia declaración del IRPF». En cuanto al presunto delito de blanqueo, la acusación particular recuerda que la circunstancia de que un socio cargue determinados gastos a una sociedad «no constituye por sí mismo un delito contra Hacienda».

¿Quién es el ponente del recurso de la Infanta?

El presidente de la Audiencia Provincial de Palma, Carlos Gómez Martínez, ha designado como único ponente de los 14 recursos de apelación recibidos ahora en relación al «caso Nóos» al presidente de la Sección Segunda, Diego Gómez-Reino, debido a su antigüedad en el escalafón. Una vez que Gómez-Reino estudie todas las apelaciones, presenta sus propuestas de archivo o de mantenimiento de la imputación para que las voten tres magistrados de la Sala. Gómez-Reino fue uno de los tres magistrados de la Audiencia de Palma que en mayo de 2013 tuvieron que decidir sobre la primera imputación de la Infanta Doña Cristina, formulada por el juez José Castro durante la fase de instrucción del «caso Nóos». En aquella ocasión, la Sala decidió suspender la imputación de la Infanta, con dos votos a favor -entre ellos el de Gómez-Reino- y uno particular en contra.

¿Es habitual imputar por delito fiscal y blanqueo en contra del criterio de la Agencia Tributaria?

En absoluto. Se trata de un caso insólito. Los inspectores de Hacienda son los que hacen el auxilio judicial al juez, que por razones obvias no tiene su misma preparación técnica en este asunto.

¿Se aplicará al a Infanta la doctrina Botín?

Si la acusación por la que va a juicio es de blanqueo, sí, porque no hay perjudicados directos y por tanto no es aplicable la doctrina Botín. Si es por delito fiscal, no. La Audiencia podría levantar la imputación por blanqueo y mantener la de delito fiscal. Por este último delito la Infanta no se sentaría en el banquillo al no acusarla ni la Fiscalía ni la acusación particular, por lo que sería de aplicación la llamada doctrina Botín.

¿Quiénes están imputados, además de la Infanta?

Castro decidió mantener también encausados a Iñaki Urdangarín, a su exsocio en el Instituto Nóos, Diego Torres, y a la mujer de éste, Ana María Tejeiro, así como a los contables Miguel y Marco Antonio Tejeiro. Todos ellos estarían vinculados en mayor o menor medida a las supuestas irregularidades cometidas por el entramado de empresas ligado a Nóos. El juez les atribuye a los cinco los presuntos delitos de prevaricación, malversación, fraude, tráfico de influencias, falsedad, estafa y falsificación. Además, en el caso de Urdangarín, Torres y Ana María Tejeiro habría que añadir también un supuesto delito contra la Hacienda Pública.

En el caso Nóos siguen de momento también imputados el expresidente balear Jaume Matas, el exdirector general de Deportes José Luis «Pepote» Ballester, el exgerente del Instituto Balear de Turismo (Ibatur) Juan Carlos Alía, el exsecretario del Ibatur Miguel Ángel Bonet, el exdirector de la Fundación Illesport Gonzalo Bernal, el exsecretario autonómico de Turismo de la Comunidad Valenciana Luis Lobón, el exdirector del Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) Jorge Vela, el exdirector de la Ciudad de las Artes y las Ciencias de Valencia (Cacsa) José Manuel Aguilar, la exresponsable jurídica de Cacsa Elisa Maldonado y la ex consejera delegada de Madrid 2016 Mercedes Coghen. El juez considera que estas personas no habrían justificado de manera adecuada las razones por las que distintas administraciones de Baleares, de la Comunidad Valenciana y de Madrid destinaron fondos públicos a Nóos.

¿Por qué y para qué creó Aizoon la Infanta con su marido?

El instructor deduce que la Infanta aceptó formar parte de esa sociedad a sabiendas de que iba a servir de «andamiaje imprescindible para la comisión de los delitos fiscales que se están investigando». De ahí, interpreta el magistrado, que la Duquesa de Palma pudiera ser cooperadora necesaria, aunque para ello habría que demostrar antes que existió ese conocimiento previo y que consintió la actuación delictiva, lo que no está acreditado en modo alguno.

¿Conocía las cuentas o firmaba en barbecho?

El juez hizo hincapié en que Doña Cristina asistía a las Juntas de la misma, firmaba las actas y las cuentas, por lo que es muy difícil imaginar que no conociera lo que allí ocurría. Sin embargo, expertos de Hacienda y fuentes judiciales afirman que es muy habitual que en las sociedades familiares se firme en barbecho, ya que hay una confianza absoluta y en último término el administrador es el responsable de las posibles irregularidades. En 2012 Castro utilizara un argumento absolutamente contrario para no imputar a la Infanta.

¿Doña Cristina ha tenido un trato de favor en la causa?

En absoluto. De hecho, se puede decir que todo lo contrario, ya que sin estar imputada se la ha investigado durante más de ocho meses. Además, contrasta este trato con el que ha recibido la mujer de Diego Torres, socia como ella en sociedades de sus respectivos maridos.