Si las ganancias se han generado en un periodo que supera los doce meses se integrarán en la base del ahorro y se les aplicará un tipo progresivo entre el 21% los primeros 6.000 euros y el 27%, a partir de los 24.000 euros.
Si las ganancias patrimoniales han sido generadas en un año o menos, se integrarán en la base imponible general, junto a los rendimientos del trabajo.
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