El Tribunal Superior de Justicia valenciano ha informado a EFE de que la resolución de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial ha estimado que la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas es incorrecta , aunque ha mantenido la pena que le impuso el Juzgado de lo Penal número 6 el pasado mes de enero.
En concreto, la sentencia le condenaba a año y medio de prisión por falsedad y delito contra la Hacienda Pública y a una multa de 151.800 euros por falsificar una factura.
La Audiencia considera que la intención de la jueza de rebajarle la pena es correcta , aunque no la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas.
Entiende la Sección Cuarta, según las mismas fuentes, que esta atenuante se aplica a dilaciones del procedimiento judicial en sí y no como consideraba la jueza de lo Penal por el tiempo que pasó desde el momento en que Hacienda empezó a investigar hasta que se produjo la denuncia.
Tras conocer que la Audiencia ha confirmado la sentencia dictada en su día por el Juzgado, Olivas ha remitido al president de la Generalitat, Ximo Puig, un escrito , al que ha tenido acceso EFE, en el que renuncia "expresa y voluntariamente a todos los honores y derechos" que le "pudieran corresponder en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2002 que regula el Estatuto de Expresidentes".
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