Imagen de Rita Barberá tomada en el Senado
Imagen de Rita Barberá tomada en el Senado - ÁNGEL DE ANTONIO
Senado

Vía libre para que las Cortes Valencianas revoquen el nombramiento de Rita Barberá como senadora

La efectividad de la modificación de la ley de designación impulsada por Podemos necesitaría ser respaldada por el PP

VALENCIA Actualizado: Guardar
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La modificación de la ley de designación de senadores en representación de la Comunitat Valenciana para introducir la posibilidad de revocar el nombramiento de estos cargos entrará en vigor este martes.

Este cambio, aprobado por Les Corts el pasado 19 de octubre, establece que el procedimiento para revocar a un senador deberá ser propuesto por un mínimo de dos grupos parlamentarios que representen al menos una décima parte de la Cámara, y ser aprobada por dos tercios, y sin oposición del grupo que propuso al senador.

Entre los actuales senadores territoriales de la Comunidad Valenciana se encuentra la exalcaldesa de Valencia Rita Barberá, quien el día 21 declara como investigada ante el Supremo en el marco de la ca usa abierta por el presunto blanqueo de capitales

en el grupo municipal del PP en la capital del Turia.

Barberá se dio de baja en el Partido Popular pero mantuvo su acta de senadora, en las filas del grupo mixto. La revocación de su nombramiento debería contar con el voto a favor del grupo parlamentario popular.

En las filas del PSOE la modificación de la norma ha generado recelos, hasta el punto de que han pedido al PP que la recurra. El expresidente de la Generalitat Joan Lerma es otros de los senadores territoriales designados por las Cortes Valencianas.

La solicitud de revocación habrá de referirse a una persona concreta y exponer las causas que, a juicio de los proponentes, justifiquen la pérdida de confianza, fundamentada en el incumplimiento de las obligaciones del senador establecidas en la ley, así como actuaciones que comporten el desprestigio de las instituciones.

Con carácter previo a la celebración del pleno ordinario, el senador o senadora deberá comparecer ante la comisión que la Mesa de Les Corts determine, y la votación final en el pleno se hará de forma pública y por llamamiento a cada uno de los diputados.

Este cambio normativo, propuesto por Podemos y aprobado con el apoyo de todos los grupos menos el PP, que votó en contra, entrará en vigor este martes, después de que haya sido publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV).

Por otra parte, también entrará en vigor la ley de incompatibilidades y conflictos de intereses de personas con cargos públicos no electos, con la que se busca cerrar "las puertas giratorias".

La norma, aprobada por Les Corts con los únicos votos en contra del PP, marca un tiempo de entre dos y tres años tras dejar el cargo, durante el cual éstos no podrán ofrecer servicios o formar parte de órganos colegiados en empresas o sociedades privadas relacionadas con las competencias que ocupaban.

También se establece la obligación de los cargos no electos de inhibirse para suscribir contratos con empresas participadas por familiares hasta el tercer grado de consanguinidad y el segundo de afinidad, directa o indirectamente.

La norma crea también el Registro de Control de Conflictos de Intereses, adscrito la Conselleria competente en materia de transparencia, que será de acceso público e incluirá datos sobre actividades, bienes y patrimonio de las personas que ejerzan un cargo público y estén afectadas por esta ley.

También entrará en vigor la ley de procedimientos de emergencia ciudadana, cuyo objetivo es agilizar la tramitación de las ayudas sociales para atender las necesidades básicas de las personas, familias y colectivos susceptibles de especial protección.

La norma, aprobada por unanimidad en Les Corts, reduce a la mitad los plazos máximos establecidos para resolver y notificar los procedimientos declarados de emergencia ciudadana e incluye el silencio administrativo positivo.

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