El Rey Don Juan Carlos, en una imagen de archivo
El Rey Don Juan Carlos, en una imagen de archivo - Efe

El Tribunal Supremo ve insuficientes las pruebas de la supuesta hija de Don Juan Carlos

El alto tribunal justifica la admisión de la demanda en que la jurisprudencia le obliga

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El Tribunal Supremo hizo público ayer miércoles el auto por el que se admitió a trámite la demanda de paternidad de la ciudadana belga Ingrid Sartiau contra el Rey Don Juan Carlos. Según el auto, las únicas pruebas aportadas por la demandante serían «insuficientes para la estimación de la demanda»; sin embargo, la jurisprudencia le obliga a admitirla. Según esta, basta con que «se aprecie una mínima línea de razonabilidad o verosimilitud» para estimarla.

Las dos únicas pruebas presentadas por Ingrid Sartiau, según el auto del Supremo, consisten en las siguientes: el relato que la madre de Ingrid hizo a un notario sobre la relación esporádica que mantuvo en diciembre de 1965 con un joven, al que el conserje de un hotel identificó como el entonces Príncipe Don Juan Carlos.

Y los contactos con dos personas que dicen ser parientes de Don Juan Carlos. Entre ellos, «un tal Don Felipe, del que [Ingrid Sartiau] dijo era otro hijo biológico» de Don Juan Carlos y «que trabajaba en La Zarzuela», con quien se reunió en el restaurante Casa Lucio de Madrid el 23 de marzo de 2014. El otro supuesto pariente de Don Juan Carlos es José Guijarro Romanov de Colonard-Borbón, que se considera descendiente del Zar Miguel II y con quien Sartiau se habría intercambiado correos electrónicos.

El comentario del conserje

El relato que la madre de Ingrid, Liliane Marie Jose Ghislaine Sartiau, hizo ante un notario belga es el siguiente: «... en el mes de diciembre de 1965, me encontraba de vacaciones en la Costa del Sol (España), cuando en una discoteca de renombre, conocí a un hombre de 31 años de edad [Don Juan Carlos tenía entonces 27, no 31] muy gentil, guapo, dulce y apuesto, con los ojos azules [Don Juan Carlos los tiene verdes, no azules], con el cual mantuve relaciones íntimas durante tres noches en un hotel de lujo. El último día, el conserje del hotel, con el que hablé varias veces, me dijo que se trataba del Príncipe Juan Carlos de España. Ante mi sorpresa y emoción, tuve el impulse de coger mi coche y regresar directamente a Bélgica».

El testimonio continúa de la siguiente forma: «Desde dichos encuentros íntimos hasta el nacimiento de mi hija Ingrid no tuve ninguna otra relación sexual, lo que garantiza ciento por ciento que Ingrid Sartiau es hija de Juan Carlos I».

La madre de Ingrid agregó que «certifico que las relaciones sexuales con Juan Carlos fueron sin protección anticonceptiva, ya que en esa época no existían». También declaraba que «nunca le he confesado a mi hija Ingrid la filiación de su padre...». Sin embargo, más adelante agrega que un día, «viendo la televisión y la prensa, Ingrid, mi hija, se acercó a mí con un periódico que explicaba que Juan Carlos I había matado a un elefante. Le expliqué a mi hija que no debíamos creer a la prensa, porque es un hombre demasiado bueno, lo conozco bien porque es tu padre».

La demandante, Ingrid Sartiau, también estuvo pensando durante varios meses que era hermana del catalán Alberto Solá Jiménez, que a su vez también cree que es hijo de Don Juan Carlos. De hecho, Solá presentó otra demanda de paternidad contra el Rey, que el Supremo desestimó porque no era «razonablemente verosímil» e incluso «ocultaba datos voluntariamente». Ingrid Sartiau y Alberto Sola llegaron a disponer de una prueba de ADN -errónea- que demostraba que eran hermanos, pero después se hicieron varias pruebas genéticas más y todas les dieron negativo. No eran hermanos, por lo tanto no podrían demandar conjuntamente a Don Juan Carlos.

Una vez notificada la demanda, Don Juan Carlos dispone de veinte días hábiles para responder. El Rey emérito ha elegido a un abogado de su confianza para que le defienda ante esta demanda. Hasta ahora ha sido el despacho del abogado José Manuel Romero Moreno, conde de Fontao, el que le ha asesorado jurídicamente en las cuestiones privadas.