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Explicación obligada

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La anulación por el Tribunal Supremo de la condena contra Pedro Jiménez por someter a todo tipo de vejaciones y asesinar a dos mujeres policías en Hospitalet de Llobregat, al considerar que debería haber sido juzgado por un jurado popular, supone que un delincuente volverá a ser encausado un año después de haber sido sentenciado a 83 años de prisión. Es incomprensible que un supuesto error de procedimiento obligue a repetir una vista como ésta, en la que los familiares de las víctimas se verán obligados a sufrir de nuevo la reconstrucción de unos hechos tan luctuosos; cometidos por Jiménez cuando disfrutaba de un permiso penitenciario. A la espera de conocer los argumentos en que el Supremo sostiene su resolución, es preciso que se determine a qué se ha debido esa discordancia entre el proceder de la Audiencia de Barcelona y lo dictaminado ahora por el Alto Tribunal.