Pedro Antonio Sánchez, presidente de Murcia
Pedro Antonio Sánchez, presidente de Murcia - EFE

El juez de la Púnica atribuye tres delitos al presidente de Murcia y pide imputarle

El magistrado alega que el plan para «lavar» su reputación política con dinero público se abortó al estallar el caso

Madrid Actualizado: Guardar
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El hilo del que pende el cargo de Pedro Antonio Sánchez como presidente de la Región de Murcia se debilita. Dos días antes de que se inicie una moción de censura contra él, el juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco añadió más presión a la crisis política al pedir al Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJM) que le impute por tres delitos: fraude, revelación de información reservada y cohecho.

El rechazo al presidente, único nexo que une a toda la oposición, subió ayer un escalón. Todos reclaman su marcha, y cada vez es más probable un entendimiento entre PSOE, Podemos y Ciudadanos para desalojar al PP. La decisión de Velasco complica además la situación entre la dirección nacional del PP, que desde la pasada semana desliza en privado su intención de salvar el Gobierno, y el PP de Murcia, que insiste en un fiel apoyo a su presidente.

El juez considera que el presidente de Murcia concertó con la red corrupta un acuerdo para «lavar» su imagen política con trabajos de reputación privada que iba a enmascarar con servicios de «formación» para la Consejería de Educación, de la que estaba al frente. Las cuentas públicas, por tanto, asumirían la factura, que el juez sitúa en 32.000 euros.

El TSJM–el competente para investigar y, en un hipotético futuro, juzgar a Sánchez por su condición de aforado– debe analizar ahora los argumentos expuestos por Velasco y decidir si imputa al presidente de Murcia, un desenlace previsible. Esta causa se uniría al caso Auditorio, en el que Sánchez es ya investigado por los delitos de prevaricación, fraude, falsedad documental y malversación. Esta causa indaga supuestas irregularidades en los procesos de adjudicación y construcción de un auditorio en el municipio murciano de Puerto Lumbreras, en la época en la que Sánchez era alcalde.

Elecciones de 2015

En horas bajas por las numerosas investigaciones abiertas contra él, Sánchez acudió en junio de 2014 al empresario Alejandro De Pedro, experto en trabajos de reputación digital, imputado por siete delitos y considerado un «conseguidor» de la trama Púnica. La intención de Sánchez era contrarrestar las noticias judiciales negativas y allanar el camino para su candidatura a las elecciones autonómicas de mayo de 2015, que finalmente ganó.

Los trabajos de reputación se fijaron en un coste de 4.600 euros al mes, una partida que incluía los honorarios de un periodista, la creación de un portal que daría cobertura a los trabajos de reputación personal, así como herramientas de posicionamiento en internet: estrategia SEO y «linkbuilding», creación de identidad digital, dinamización del contenido en blogs y páginas webes existentes. El contrato duraría 7 meses, de noviembre a mayo de 2015, justo en la antesala de la campaña para las elecciones regionales, razón por la que el coste total de los servicios ascendería a 32.200 euros.

El juez reconoce que el contrato nunca se llegó a firmar y que los servicios, por tanto, no se ejecutaron ni se cargaron al Gobierno de Murcia. La operación policial que destapó la trama Púnica, en octubre de 2014, abortó el plan, según el juez. Velasco, sin embargo, argumenta que el acuerdo entre Sánchez y De Pedro –y todos los trabajos preparatorios, como reuniones o documentos– son suficientes para sustentar los indicios de un delito de fraude, que no exige que se consume el contrato y el perjuicio económico a la administración. En tal caso, añade, estaríamos ante un delito de malversación de caudales públicos. El juez se anticipa así a la tesis del propio presidente de Murcia y del PP, y rebate la explicación de la Fiscalía Anticorrupción, que rechazó acusar a Sánchez por la misma razón tras una orden del recién nombrado fiscal general del Estado, José Manuel Maza.

La exposición razonada explica en que consistirían los tres delitos atribuidos al presidente de Murcia. El fraude, castigado en el artículo 436 del Código Penal, existiría por el «mero acuerdo o concertación» con un interesado en algún contrato público (De Pedro, en este caso), «afectando los intereses de la Administración y la libre concurrencia». Este delito, por tanto, castiga los actos preparatorios para defraudar sin necesidad de que se produzca el efectivo perjuicio patrimonial ni el desarrollo ejecutivo del fraude. Este delito protege la transparencia y la publicidad en la contratación de entes públicos, que sería dañada. «Prueba del concierto de voluntades fueron las al menos cuatro reuniones presenciales, mchas de ellas en entornos no públicos y ni siquiera en Murcia, de forna connivente y cuasi clandestina» entre Pedro Antonio Sánchez en persona o sus representantes con los responsables de las empresas de De Pedro, según el escrito.

Los contactos se intensificaron a partir del 22 de septiembre y también incluyeron llamadas e intercambios de mensaje a través de la red social Whatsapp. El juez incorpora estas conversaciones y documentos que detallaban el acuerdo, pruebas que evidenciarían «la aceptación de los trabajos reputacionales».

Los indicios del delito de revelación de información reservada se basan en que Sánchez aportó documentos «a extraños a la administración» y reveló «intenciones de contratar, desconocidas por el resto de posibles futuros postulantes». El magistrado apoya su argumentación en jurisprudencia del Tribunal Supremo y cita una sentencia de la que fue ponente el fiscal general, Maza, cuando era magistrado del TS. El tercer delito –cohecho– existiría porque las empresas de De Pedro comenzaron sus trabajos como adelanto de una futura adjudicación «hinchada» en contratos de formación.

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