Sociedad

La propiedad intelectual, a debate en la UCA

El seminario 'Innovación Cultural', que arrancó el lunes, se clausuró ayer en el Aulario La Bomba

CÁDIZ. Actualizado: Guardar
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Isabel Hernando Collazo, Titular de Derecho en la Facultad del País Vasco, investigadora y asesora en Propiedad Intelectual e Industrial, desarrolló ayer dentro del seminario ' Innovación Cultural' una ponencia sobre los problemas derivados de los Derechos de Autor. La sesión contó con la participación de numerosos asistentes, entre ellos estudiantes, profesores y expertos en la cuestión. El objetivo del curso, según palabras de su coordinador, Joaquín Moreno Marchal, es «entender la propiedad intelectual desde los conceptos de libertad, transdisciplinariedad y territorio socialmente activo». Asimismo, admitió que «estos cursos nos ayudan a estimularnos y no deprimirnos intelectualmente».

En primer lugar, la profesora expuso la intención que existe de vincular la propiedad intelectual y la arqueología en beneficio de esta última. La interacción entre ambas áreas supone la clave para el tránsito del pasado al futuro. Según la ponente, la propiedad intelectual ha causado un gran impacto dentro de la materia, gracias a las obras tridimensionales, las webs, o las exposiciones. Espacios como el Museo del Prado o el Reina Sofía han incorporado dentro de sus estructuras esta forma de entender la sociedad de la información.

En la segunda parte de la conferencia, la experta se centró en los entresijos que rodean los Derechos de Autor, que se encargan de proteger «las formas de expresar las ideas, y no las ideas como unidad creativa», según apuntó la docente. La materialización de las mismas es lo que posibilita su defensa en caso de plagio. El derecho a preservar la obra creativa abarca los campos de contenidos( textos, sonido, y obra audiovisual), diseño, y programas de ordenador.

Distribución

Otro tema importante que se abordó ayer en la UCA fue los procedimientos a seguir para iniciar un litigio para la defensa de estos derechos. Las licencias suponen un aspecto importante, ya que en ocasiones es el propio titular el que ofrece libertades para el uso de su obra. Realmente, lo que se penaliza es la distribución con ánimo de lucro por parte de la competencia desleal. El consumidor puede realizar una copia de su disco favorito siempre que su uso sea de carácter personal. No obstante, no puede utilizar la obra para difundirla y obtener beneficios por ello.

La ponente remarcó también los casos en los que las creaciones pasan a ser de dominio público. El interesado tiene total libertad de uso si expiran los derechos de distribución. Esto sucede si el autor ha fallecido hace más de 70 años. El mundo de la canción es diferente porque los derechos fonográficos desaparecen pasados 25 años desde la muerte del artista.

El acto finalizó haciendo alusión a los casos excepcionales, como los programas de ordenador, donde sí se permite realizar copias de seguridad, la correción de errores, e incluso desarrollar versiones, ya que los derechos de distribución pertenecen a la empresa.