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Un banco pagará 34.000 euros a un matrimonio gaditano que invirtió en Deuda Subordinada

La sentencia reconoce que hubo una falta de una información clara y suficiente por parte del banco sobre la naturaleza del producto, como obliga claramente la Ley del Mercado de Valores

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El juzgado de primera instancia número dos de Cádiz ha condenado a Caixa Catalunya a indemnizar con 34.000 euros, más los intereses generados desde 2008, a Ernesto Soto y María Nieves Zamorano, una pareja gaditana aconsejada por la entidad bancaria para que invirtiera sus ahorros en Deuda Subordinada.

La sentencia reconoce que hubo una falta de una información clara y suficiente por parte del banco sobre la naturaleza misma del producto, como obliga claramente la Ley del Mercado de Valores y que únicamente en un folleto informativo «en letra pequeña y de manera no precisamente clara» se hace referencia a la posibilidad de una disminución del valor de la inversión.

De hecho, la empleada en la que el matrimonio tenía depositada su confianza reconoce que «los demandantes solo querían contratar un producto sin riesgo de capital», aunque considera que por aquel entonces era «impensable que el mercado secundario se cerrara».

Los hechos se remontan a noviembre de 2008 cuando Ernesto Soto, barrendero de profesión, y María Nieves Zamorano, ama de casa, ambos con estudios primarios y sin conocimientos en el sistema financiero complejo, invirtieron la cuantía de la venta de un piso en San Fernando en este producto financiero siguiendo las indicaciones de su banco de toda la vida.

Cuando Ernesto se quedó en paro y agotó sus dos años de desempleo se dirigió al banco a recuperar su inversión para poder mantener a su familia y fue entonces cuando la entidad le comunicó que «no podían devolvérsela y que fuera a Bruselas a buscar su dinero». El gaditano cayó entonces en una grave depresión por la que ha precisado tratamiento médico

Según indica en un comunicado el bufete de abogados de la pareja, la entidad bancaria les garantizó un 7 % de interés y que la cantidad invertida la podrían sacar cuando le diera la gana.

Lo que no se les advirtió es que la venta de subordinadas está condicionada a la compra y venta en un mercado secundario de renta fija llamado IAFF y que los supuestos beneficios de la inversión dependían, en cualquier caso, de que Caixa Catalunya presentara cuentas positivas.

Tampoco se les advirtió de que en caso de falta de liquidez de esta deuda serían los últimos en la relación de cobros «por detrás de los acreedores comunes».