Editorial

Réplica sindical

La huelga general es negativa para la economía y resulta dudoso que fortalezca a los convocantes en su interlocución posterior

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Los órganos de dirección CC OO y UGT convocaron ayer por unanimidad una huelga general para el próximo 29 de marzo en contra de la reforma laboral y en defensa de los servicios públicos, coincidiendo con la jornada fijada por las centrales nacionalistas de Euskadi y Galicia. Se trata de una medida sindical límite, a la que hasta ahora solo se había recurrido seis veces en democracia. Aunque la indudable licitud de su convocatoria deberá, como en anteriores ocasiones, superar la prueba de que se desarrolle con respeto al libre albedrío de los trabajadores y sin lesionar los derechos que asisten a los ciudadanos en la realización de su vida cotidiana. CC OO y UGT habían optado por esperar a que el Congreso procediera a la convalidación del decreto-ley de reforma laboral y se iniciara así su tramitación como proyecto legislativo para formalizar su llamamiento. De ahí que Fernández Toxo y Méndez tuvieran que referirse ayer al conflicto de legitimidades que refleja la iniciativa, entre los poderes ejecutivo y legislativo y la variante más drástica del derecho de huelga. Se trata de un conflicto cuyo mecanismo de resolución está tasado en la democracia parlamentaria, puesto que la última palabra corresponde a las cámaras legislativas. En ese sentido, aun siendo la huelga general una mala noticia, siempre es mejor que se produzca antes de la aprobación de la ley que a modo de réplica social a su promulgación definitiva. Además la reforma laboral no atañe únicamente a los trabajadores sino al conjunto de los ciudadanos, de modo que su contenido en ningún caso podría estar sujeto al ámbito del diálogo social y mucho menos a la consideración final de las centrales sindicales. Aunque en un plano muy distinto, la convocatoria de huelga, sin duda negativa para la economía y la estabilidad que requiere España, también será juzgada por el grado de eficacia que demuestre para los propios intereses sindicales; bien en tanto que sirva o no para moderar algunos aspectos de la reforma, bien en tanto fortalezca o debilite a las centrales convocantes en su interlocución posterior. La propia naturaleza de la reforma obligará al sindicalismo a resituarse para buscar no tanto su modificación legal como la renuncia de las empresas a aplicarla en toda su crudeza.