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¿Cómo demuestro a la aseguradora los bienes que tenía en mi casa si se produce un siniestro?

El Consorcio se hace cargo de la indemnización de los daños sobre la base de la misma póliza contratada con la entidad aseguradora

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J. D. vive en Granada, una provincia con un riesgo sísmico considerable, y pregunta a nuestros expertos en seguros que si su casa se derrumba por un temblor de qué manera puede demostrar el contenido que tenía en ella para que la aseguradora le indemnice por las pérdidas.

Alicia Cobo, abogada de Arag, le responde que en los seguros de hogar se fija la cantidad con la que se quiere asegurar el contenido de la vivienda. ¿Qué pasa en caso de siniestro, por ejemplo cuando se produce un terremoto u otro fenómeno natural como un maremoto o una inundación extraordinaria? Son circunstancias excepcionales que ningún seguro cubre. Para eso existe el Consorcio de Compensación de Seguros que indemniza los daños producidos por fenómenos naturales, siempre que se cumplan ciertos requisitos: que el bien esté asegurado con la póliza en vigor en el momento de los hechos y al corriente de pago de la prima, que la pérdida sea consecuencia de un daño directo y que los bienes dañados estén en propiedad o a disposición del asegurado.

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