Sociedad

El Constitucional avala el copago farmacéutico del Gobierno

Sin embargo, el tribunal autoriza al Ejecutivo del País Vasco a facilitar la tarjeta sanitaria a los inmigrantes 'sin papeles'

BILBAO. Actualizado: Guardar
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El Tribunal Constitucional hizo ayer pública una resolución en la que ratifica que el País Vasco debe poner en marcha el nuevo copago farmacéutico, en vigor en el resto de España desde el pasado 1 de julio. El Alto Tribunal rechaza así las alegaciones que presentó el pasado mes de julio el Ejecutivo de Patxi López para no aplicar la medida y llegar a las elecciones autonómicas del 21-O sin realizar recortes en materia sanitaria.

El Gobierno vasco aprobó en junio un decreto que garantizaba la gratuidad y universalidad del sistema sanitario público para todas las personas que residían en la comunidad autónoma y mantenía los niveles de aportación en el pago de los medicamentos, dejando así sin efecto el copago farmacéutico impulsado por el Gobierno central. El decreto vasco, a diferencia del Ministerio de Sanidad, establecía que estarían exentos de aportación los perceptores de la Renta de Garantía de Ingresos. El Ejecutivo autónomo también reducía el porcentaje al pago de medicamentos de los usuarios del Sistema Nacional de Salud.

El Constitucional, que a finales de julio suspendió el decreto tras ser recurrido por el Gobierno central, esgrime ahora para mantener la suspensión del decreto vasco dos argumentos en los que se mezclan los discursos economicistas con las consecuencias irreparables de medidas concretas para personas también concretas. «La sostenibilidad del sistema sanitario público impone a todos los poderes públicos la necesidad de adoptar medidas de racionalización y contención del gasto farmacéutico», afirma.

Así, la resolución, de fecha 13 de diciembre, da por buenas las explicaciones de la Abogacía del Estado, que sostiene que durante el tiempo en que estuvo en vigor el copago vasco «el incremento del gasto en Euskadi fue en paralelo a una disminución del gasto en las autonomías en las que se aplica en su integridad la norma básica estatal». Para el Constitucional, «parece claro» que el levantamiento de la suspensión cautelar del copago tendría «un perjuicio económico» para el control del déficit. Según el auto, la necesidad de mantener este control es una prioridad que está por encima del perjuicio que tendrá para los usuarios el aumento del porcentaje del copago.

«Efecto discriminatorio»

Otra de las alegaciones de la Abogacía de Estado que tiene en cuenta el Constitucional es que sostiene que la aplicación en Euskadi de un copago menos oneroso «favorecería a los residentes del País Vaso respecto al resto de los españoles y surgiría un efecto discriminatorio inconstitucional».

De esta forma, el Tribunal respalda la medida adoptada por el Gobierno central por la que los pensionistas pagan el 10% de los medicamentos, con unos topes mensuales de 8, 18 y 60 euros en función de la renta. El resto, el 40% del precio si sus ingresos son inferiores a 18.000 euros anuales; el 50% si los supera y el 60% quien gane más de 100.000 euros. Los medicamentos son gratuitos, entre otros grupos, para los afectados del síndrome tóxico y personas con discapacidad, los perceptores de rentas de integración social y de pensiones no contributivas, además de los parados de larga duración sin prestación.

Por otro lado, el Constitucional permite al País Vasco seguir facilitando la tarjeta sanitaria a los inmigrantes 'sin papeles'. Los magistrados sí atienden los argumentos del Gobierno vasco, que apela «al interés público de preservar el derecho a la salud consagrado en el artículo 43 de la Constitución Española», para defender un servicio sanitario universal. La resolución sostiene que el «derecho a la salud y a la integridad física» de los inmigrantes sin papeles y «la conveniencia de evitar riesgos para la salud del conjunto de la sociedad» están por encima de «la mera consideración de un eventual ahorro económico que no ha podido ser concretado».