Bromas que salen caras: llama «ébola» a un vecino y le castigan con una multa de 90 euros

Quiso alertar a sus vecinos murcianos y causó el pánico en plena crisis por el virus. Ahora, la Audiencia Nacional de Murcia confirma su condena

Calasparra Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

Había miedo cuando, en plena crisis del ébola, el virus trascendió las fronteras africanas y se comunicó el primer contagio en España. Teresa Romero era ingresada hace más de año y medio y copaba los titulares del país. El tema era serio, y cercano. Pero un hombre murciano decidió hacer caso omiso a las alertas y advertencias de las autoridades y causó el pánico en Calasparra.

Señaló a un vecino, asegurando que había contraído ébola y aconsejando al resto de oriundos que se alejasen de él, que tuvieran cuidado para evitar el contagio.

Ocurrió el 15 de octubre de 2014, en plena convulsión tras la muerte un par de meses antes de los dos misioneros españoles, el sacrificio de la mascota de Teresa Romero, y el inicio del tratamiento a la auxiliar de enfermería.

El murciano, al cruzarse con su vecino gritó: «Ébola, ébola, cuidado con este, que tiene el ébola». La broma le costó una denuncia.

Ahora, la Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la pena de noventa euros de multa que un Juzgado de Instrucción impuso al denunciado. En la sentencia se subraya «el ánimo injurioso y despreciativo» del vecino murciano.

En la sentencia del Juzgado de Instrucción, ahora confirmada por la Audiencia Provincial de Murcia, se le condenaba, como autor de una falta de vejaciones injustas o injurias, a la pena de quince días de multa, con una cuota diaria de seis euros.

En la apelación que el denunciado planteó a este segundo tribunal aseguraba que, además de considerar desproporcionada la multa, no se le había permitido ofrecer su versión de los hechos, y que la del denunciante y el testigo no resultaban creíbles.

La Sala, al desestimar la apelación, dice que se ha comprobado por las declaraciones del testigo de los hechos en el acto de la vista oral que el acusado, al referirse al denunciante, lo llamó «el ébola», informa Efe.

Y en cuanto a la pena impuesta, el tribunal la considera proporcionada a los hechos, además de señalar que la cuota diaria de seis euros «está prácticamente en su límite o banda inferior, o apareciendo que el condenado sea indigente o que carezca totalmente de ingresos».

Ver los comentarios