El pleno del Ayuntamiento de Madrid este viernes
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Prohibido contratar a familiares en el Ayuntamiento de Madrid

El Pleno del Ayuntamiento ha aprobado este viernes modificar el reglamento de Personal para evitar la incorporación de familiares de concejales para ocupar puestos eventuales

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El Pleno del Ayuntamiento ha aprobado este viernes prohibir la contratación de familiares de concejales para puestos eventuales. Se ha llevado a cabo mediante la modificación del Reglamento de Ordenación del Personal del Consistorio, incluyendo un nuevo artículo, el 20.

En el nuevo texto se indica que no se podrá nombrar como personal eventual «a las personas que, en el momento de su nombramiento, tengan un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable, o parentesco de consanguinidad o de afinidad dentro del cuarto grado, con cualquier concejal del Ayuntamiento de Madrid».

Esta limitación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, y redundará en beneficio de la objetividad en este tipo de nombramientos.

El personal eventual es el de confianza, la cual sólo puede ser apreciada por la autoridad que verifica el nombramiento. No obstante, pese a la libertad que permite la legalidad, y que ha sido confirmada por la jurisprudencia, el Ayuntamiento pone de manifiesto su clara voluntad de ir perfilando los márgenes razonables en que debe moverse la designación de este tipo de personal.

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