Imagen de archivo de las instalaciones de Terra Mítica
Imagen de archivo de las instalaciones de Terra Mítica - JUAN CARLOS SOLER
TRIBUNALES

Sentencia de Terra Mítica: el parque fue «perjudicado» y no responsable de los delitos

La Audiencia absuelve al recinto de ocio de Benidorm del delito contra la Hacienda pública

VALENCIA Actualizado: Guardar
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La sección quinta de la Audiencia de Valencia ha decidido absolver al parque temático de Benidorm (Alicante) Terra Mítica del delito contra la Hacienda Pública del que le acusaba el fiscal al considerar que es "perjudicada" por el fraude y no responsable de él. En la sentencia, que se ha leído en audiencia pública este miércoles, la sala cifra en 1.344.046 euros el perjuicio sufrido por el recinto de ocio.

Según señala en tribunal, "no es admisible que los mismos hechos, que sitúan a dicha entidad en su condición de perjudicada, puedan llevarle a ser autora de un delito contra Hacienda" debido a que son unos hechos que "se han generado sin ninguna intervención por su parte y que es una consecuencia inevitable del delito de estafa del que ha sido víctima".

Así consta en la sentencia de 431 páginas, cuyo fallo se ha leído este miércoles en audiencia pública en la Ciudad de la Justicia, seis meses después de la conclusión de la vista, que acabó el 21 de octubre de 2015. La lectura de las condenas se ha tenido que suspender durante unos minutos ante la indisposición de uno de los acusados, Jesús Vicente Pascual, que ha sufrido un desmayo y ha precisado de asistencia. Ha sido condenado a 15 años y medio.

El tribunal discrepa en del criterio del ministerio fiscal, que situaba a Terra Mítica como un eslabón más de la trama de facturas falsas, ubicado en un tercer nivel de facturación. En este punto, argumenta la sala que "si el parque temático pagó 1.344.046 euros en facturas que han resultado ser falsas, no fue porque la propia sociedad o sus directivos realizaran maniobras defraudatorias en connivencia con los otros acusados" y tampoco "se dieron instrucciones tendentes a evadir el pago de tributos o a obtener beneficios económicos por medio de devoluciones indebidas".

El tribunal estima que, desde dentro de la empresa, "las únicas personas que llevaron a cabo conductas que supusieron un elevado daño a las arcas de Terra Mítica fueron el ex director técnico, Antonio Rincón, y el exjefe del departamento de Contratación, Justo Valverde, --condenados en esta sentencia a cinco años y diez meses de prisión-- y no fue siguiendo un plan trazado por la sociedad, sino por su propia cuenta, a sabiendas del gasto indebido que iba a costar a la empresa y para producir un beneficio para sí mismos (que no ha podido ser concretado) y/o para otros acusados".

A este respecto, la Audiencia explica que " no se concibe que para obtener un beneficio de 185.385 euros se realice un gasto de 1.344.046", como había argumentado la acusación.

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